Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 669
Mar Chiquita, 14/05/2020
Visto
El expediente 308-AJ-1989; y
Considerando
Que el Sr. Julio Armando Jofre propietario del inmueble denominado catastralmente como Circ. IV Secc. G Manz. 263 Parc. 15, presentó formalmente solicitud de construcción, conjuntamente con los planos de construcción existente (fs. 29);
Que el día 14/09/2017 (fs.63), se procedió a liquidar derechos y/o recargos por una suma de $ 190264,26 los cuales fueron abonados en fecha según recibo n° 594.
Que a fs. 82 se adjunto acta de constatación confeccionada el dia 21 de febrero de 2018 por el Arq. Fabian Di Luca donde constata que en el inmueble denominado catastralmente como Circ. IV Secc. G Manz. 263 Parc. 15 se realizo la construcción de tres (3) unidades de vivienda.
Que según informe del Director de Obras Privadas la construcción existente transgrede la Ord.06/2011 al superar en UNA (1) la cantidad de viviendas permitidas, por lo que sugiere aplicar una sanción de $14.270.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: APLIQUESE al Sr. JULIO ARMANDO JOFRE, titular del inmueble sito en calle Palermo entre Hans W. Sailer Santander a de la localidad de Santa Clara del Mar (Circ. IV Secc. G Manz. 263 Parc. 15) una SANCION DE MULTA de PESOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA ($14.270), por infracción a la Ordenanza 06/2011.
ARTICULO 2º: El monto de la multa aplicada en el artículo primero deberá abonarse en el plazo de cinco (5) días hábiles de notificado el presente decreto, bajo apercibimiento ejecución por vía judicial de apremio.
ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Obras Públicas, Arq. Walter Mariano Wischnivetzky y por el Sr. Secretario de Economía, Cdor. Luis Aceituno.
ARTICULO 4º: NOTIFIQUESE a través de la Secretaría de Obras Públicas comuníquese a quienes demás corresponda, dese al Registro Oficial.