Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 642
Mar Chiquita, 07/05/2020
Visto
El art. 98 inc. g) ley 14.656; y
Considerando
La presentación efectuada por el agente municipal SUPERBO, NICOLAS ALDO Leg. Nº 715, D.N.I. Nº 12.703.637, renunciando expresamente al cargo de Planta Permanente – Personal Obrero de 35 Hs – Clase III– con fecha de ingreso el 01/12/1989, para acogerse a los beneficios de la jubilación;
Que el decisorio de referencia es un derecho inalienable perteneciente a los agentes municipales en virtud de lo normado por el artículo 98º inc. g) de la Ley 14.656;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: ACEPTASE, a partir del día 31 de mayo de 2020, la renuncia presentada por el agente municipal SUPERBO, NICOLAS ALDO - Legajo Nº 715, D.N.I. Nº 12.703.637, CUIL Nº 20-12703637-6, al cargo de Planta Permanente – Personal Obrero de 35 Hs – Clase III.
ARTICULO 2º: PROCEDASE, a la firma del correspondiente Convenio de Anticipo Jubilatorio, a partir del día 01 de junio de 2020 y hasta tanto haya obtenido el beneficio jubilatorio.
ARTICULO 3º: ABONESE, el agente SUPERBO, NICOLAS ALDO Legajo Nº 715, la Bonificación por 30 años de Servicio sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, o del Salario Mínimo, Vital y Móvil si este fuera superior, sin descuento de ninguna índole, en un todo a lo establecido en el art.72º inc f) 2do. párrafo de la Ley 14.656.
ARTICULO 4º: ABONESE, el agente, SUPERBO, NICOLAS ALDO Legajo Nº 715, la Licencia Anual No Gozada correspondiente al año 2018 ( 35 días totales) año 2019 (35 días totales) y año 2020 (15 días proporcionales).
ARTICULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Secretario General, Arq. Walter Wischnivetzky y por el Secretario de Economía, C.P.N. Luis Aceituno.
ARTICULO 6º: NOTIFIQUESE, al interesado en legal tiempo y forma, comuníquese a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.