Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 636
Mar Chiquita, 04/05/2020
Visto
La Ordenanza N° 03-2020 promulgada mediante Decreto N° 255/2020 mediante la cual se declara por el termino de 1 año el estado de Emergencia Económica, Financiera, Sanitaria y Social al municipio de Mar Chiquita y ,
Considerando
Que en el ARTICULO 2° se indica que la emergencia declarada tiene como finalidad: Superar la grave crisis económica, financiera y sanitaria que atraviesa la municipalidad de Mar Chiquita, salvaguardar el cumplimiento de las funciones esenciales del estado municipal, asegurar un razonable y sostenible funcionamiento de los servicios públicos, procurar el saneamiento de las finanzas municipales, contener el gasto público y mejorar el flujo de ingresos fiscales, entre otros,
Que a los fines enunciados deben tomarse decisiones tales como reducir algunos gastos y redistribuir los recursos humanos necesarios para prestar los servicios públicos necesarios,
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL MAR CHIQUITA
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: ESTABLECESE a partir del 1° de mayo de 2020 y mientras dure la vigencia de la Emergencia Económica un tope de horas extras mensuales por agente municipal que no podrá exceder la cantidad de 100 (cien).
ARTICULO 2°: Los Secretarios y Delegados podrán solicitar excepcionalmente un aumento en el límite establecido en el Articulo 1° mediante nota, debidamente fundada, la que será elevada al Intendente Municipal previa autorización expedida por la Secretaria de Economía.
ARTÍCULO 3º: El Departamento de sueldos no abonara en ningún caso horas extras que excedan el límite establecido, salvo autorización expresa que le sea comunicada formalmente, previo cumplimiento de lo indicado en el artículo anterior.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, dése al registro oficial y comuníquese.