Boletines/Lincoln

Decreto Nº546/16

Decreto Nº 546/16

Lincoln, 19/02/2016

DISPONIENDO ABONAR ADICIONAL POR PRODUCTIVIDAD A LOS AGENTES QUE CUMPLEN SUS FUNCIONES EN LA DELEGACION DE MARTINEZ DE HOZ.

Visto

Que por Decreto Nº 342/16, se ha promulgando la Ordenanza de Presupuesto Nº 2244/16 sancionada por el Concejo Deliberante;

Considerando

Que dicho ordenamiento legal autoriza al Departamento Ejecutivo a abonar al personal permanente y temporario, titulares de cargos electivos, Secretarios, Subsecretarios, Delegados Municipales, personal de bloques políticos del Departamento Deliberativo, Secretario y Prosecretario del Departamento  Deliberativo, cuerpos de asesores, Secretarios Privados e Inspector General, al personal municipal incluido en otros regímenes, salvo en los aspectos que ellos no hubieren previsto y funcionarios municipales para cuyo nombramiento y/o remoción, las leyes fijen procedimientos determinados; las retribuciones, bonificaciones, compensaciones, subsidios e indemnizaciones, que expresamente establecen la Ley 11.757 y la Ley 10430 y/ o cualquier otra norma que en su reemplazo o complementación se dicten en el futuro, facultando, asimismo a establecer, para determinadas actividades y/o funciones, horarios normales de labor, con una extensión mayor o menor de 6 horas diarias, con la determinación del salario básico respectivo, según el agrupamiento y las categorías del personal, tanto para el incluido en planta permanente, como el de planta temporaria.

Que es política de Gobierno destacar los progresos y méritos en cuanto a  Recursos Humanos;

Que los agentes Municipales de la Delegación de Martínez de Hoz cumplen tareas en distintos sectores de la misma;

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN  EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Procédase a liquidarse en concepto de Adicional Por Productividad, por el mes de ENERO del corriente año, a los siguientes Agentes Municipales, que a continuación se detallan:

 

LEGAJO

Apellido y Nombre

D.N.I.

Importe

5097/1

DUARTE, RODRIGO DAMIAN

32.206.676

$ 1.500

6425/1

SAN MARTIN DANIEL

28.329.762

$ 1.500

3185/1

ELOLA, PEDRO JOSE

24.254.479

$ 500

2823/1

RAMIREZ, HECTOR ANIBAL

17.334.845

$ 500

304/1

IGLESIAS, CELICA MARIA

12.903.343

$ 4.500

3467/1

BLANCO, MARIA GABRIELA

21.823.912

$ 500

5639/1

FRANCISQUE,FELIPE ALBERTO

21.444.999

$ 3.000

3823/1

ARCHUVI, YOLANDA

14.988.273

$ 500

5173/1

FLORES, MARCELO ABEL

36.628.401

$930

3834/1

LOPEZ NADIA YOLANDA

31.841.091

$ 500

3764/1

MUSSO, INES VICTORIA

24.533.807

$ 1.600

3738/1

VERA, MIGUEL ANGEL

30.291.432

$1.300

3439/1

MENDEZ, GUSTAVO HIGINIO

22.713.634

$2.700

6165/1

ROLANDO, DANIEL

24.271.031

$1.200

3407/1

SCAMINACI, RUSSO JOSE ALFREDO

18.589.002

$2.750

3/1

CUFRE, ALBERTO OSCAR

11.128.311

$3.000

3948/

CID, JUAN CARLOS

11.213.363

$5.000

573/1

SANCHEZ, FABIAN HAROLDO

16.622.659

$10.580

3765/1

MALPELO, ROSA ITATI

26.931.660

$2.700

5198/1

PELIZZA, MARIO JAVIER

23.228.727

$4.300

5177/1

MARTINEZ, MARIANELA CAROLINA

29.860.575

$3.580

2035/1

MURRILES, OSCAR

10.995.588

$2.690

5335/1

FLORES, SILVIA GRACIELA

14.443.999

$4.150

 

ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno

ARTICULO 3º: Comunique a los interesados, Dirección General de Personal, Departamento Liquidaciones de Sueldos y a quien más corresponda. Regístrese y archívese.