Boletines/Lincoln
Decreto Nº 334/16
Lincoln, 02/02/2016
DISPONIENDO LA EXIMICION DEL PAGO DEL DERECHO POR TRAMITE DE LIBRETA SANITARIA A LOS AGENTES MUNICIPALES QUE DESARROLLAN TAREAS EN COOPERATIVAS.
Visto
Que el personal involucrado en la elaboración de alimentos, debe poseer su correspondiente Libreta sanitaria, en tanto que la misma se constituye en un reaseguro mas de la inocuidad de los mismos, ya que certifica la salud de quienes intervienen en una tarea tan sensible;
Considerando
La solicitud formulada por las instituciones y referida a la eximición del pago del derecho por trámite de Libreta Sanitaria;
Que es procedente, eximir del pago a los agentes que prestan servicios en las cocinas y comedores dependientes de la Municipalidad de Lincoln, así como de aquellos que lo hacen en los distintos establecimientos educativos;
Que la Ordenanza 1.666/04 promulgada por el Decreto Nº 498/04, modifica el inciso 2-a y b, del Artículo 12 de la Ordenanza Impositiva vigente, estableciendo los nuevos valores en sus distintas Categorías;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
Decreta
ARTÍCULO 1º: Dispónese la eximición de pago del derecho por trámite de Libreta Sanitaria a los agentes municipales que se detallan a continuación:
ARTICULO 2º: Refrenda el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3º: Comuníquese a Oficina de Bromatología. Contaduría, Tesorería. Regístrese y Archívese.