Boletines/Lincoln
Decreto Nº 333/16
Lincoln, 02/02/2016
DESIGNANDO AL SEÑOR CARRIL JORGE ADRIAN, COMO VOLUNTARIO AD-HONOREM EN EL CUERPO DE DEFENSA CIVIL DEL PARTIDO DE LINCOLN.
Visto
La necesidad de continuar con la conformación del cuerpo de Voluntarios de Defensa Civil para el Partido de Lincoln, en un todo de acuerdo a la Ordenanza 1789/06 promulgada por Decreto 1383/06;
Considerando
Que ya existe un grupo de agentes designados como voluntarios y otros que ha demostrado un marcado interés en todo lo relacionado a la protección civil y que están presentes en cada evento que hace necesaria su participación;
Que dichos agentes integran distintas áreas operativas del Municipio, áreas que son las primeras en verse involucradas en las emergencias más comunes motivo que facilita enormemente las tareas propias de la Defensa Civil, no siendo el caso de Jorge Carril que posee un trabajo fuera de la Municipalidad de Lincoln;
Que han cumplido un plazo prudencial, en el transcurso del cual, se han capacitado y evaluado en su desempeño;
Que es necesario dictar el acto administrativo, que designe a los agentes en el cargo de voluntarios de la Defensa Civil;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
Decreta
ARTICULO 1º: Desígnese como Voluntarios Ad-Honorem en el Cuerpo de Defensa Civil para el Partido de Lincoln, en los términos de la Ordenanza 1789/06 al Señor CARRIL JORGE ADRIAN – DNI 30.5230.016, con retroactividad al 1 de enero de 2016, abonando la Municipalidad de Lincoln el seguro que dicha persona necesita para la mencionada tarea.-
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, se imputará a las partidas, programas y jurisdicción que correspondan del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 3º: Refrenda el presente decreto el Secretario de Gobierno.
ARTICULO 4º: Comuníquese al interesado, a la Dirección de Defensa Civil, Dirección General de Personal, Instituciones que correspondan, Tesorería, Contaduria. Publiquese. Resgistrese y Archivese.