Boletines/Quilmes

Decreto Nº1196/2020

Decreto Nº 1196/2020

Quilmes, 13/06/2020

ADHIÉRASE a los términos de la Resolución Nº 30/2020 (GDEBA) de la Provincia de Buenos en relación a las RECOMENDACIONES PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOVEHICULOS PARTICULARES.-

Visto

VISTO: Los Decretos Nº 260/2020 y Nº 297/2020, Ordenanza Municipal N° 13.318/19, Decreto Provincial Nº 132/2020 y la Resolución Nº 30/2020; y

Considerando

Que en nuestro país, con el fin de mitigar la propagación del nuevo coronavirus, se implementaron acciones de carácter preventivo, las cuales fueron incrementadas en virtud de las consideraciones y recomendaciones de la OMS;

Que el día 11 de marzo del corriente la Organización Mundial de la Salud (OMS), a raíz del número exponencial de personas infectadas y fallecidas a nivel mundial, declaró al brote del virus COVID 19 como una Pandemia;

En tal sentido, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto Nº 260/2020, ampliando la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nº 27.541 por el plazo de un (1) año a partir de su entrada en vigencia; 

Que, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto Nº 132/2020 declara el Estado de Emergencia Sanitaria en la Provincia, por el término de ciento ochenta (180) días;  

Posteriormente, el Decreto Nº 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional determina el aislamiento social preventivo y obligatorio para los y las habitantes de nuestro país desde el 20 de marzo del corriente año, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.

Que en la Comuna ya se encontraba vigente desde el 02/02/2020 la Emergencia Sanitaria declarada por Ordenanza Nº 13.318/2019. 

Que nuestro Distrito ha acompañado las medidas citadas y adoptadas acciones urgentes, tendientes a prevenir y mitigar el impacto de la Pandemia para velar por el derecho a la salud de los quilmeños y quilmeñas;

Que el Decreto Municipal Nº 470/2020 adhiere a la normativa del Poder Ejecutivo Nacional y Provincial, a la vez que crea el Comité de Emergencia, encabezado por la Intendenta Municipal, encargado de definir y realizar el seguimiento de las políticas sanitarias aplicadas en esta coyuntura de excepción. 

Que, en esta coyuntura de emergencia, resulta imprescindible regular la circulación del transporte que circula por nuestro Distrito con el objetivo de minimizar la circulación del virus;

Que, en consonancia con la normativa nacional, la Provincia de Buenos Aires ha dictado la Resolución Nº 30/2020 mediante la cual aprueba los “Protocolos, pautas y recomendaciones para todo tipo de transporte”

Que, por el artículo 10º se convoca a los municipios a adherir al plan propuesto, a fin de unificar criterios de prevención en toda la provincia;

Que es voluntad de esta Gestión Municipal propender a la adopción de todas las medidas que sean beneficiosas para la salud e integridad física de los vecinos y vecinas de nuestro Partido;

Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo Nº 107, 108 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y

Por todo lo expuesto;

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: ADHIÉRASE a los términos de la Resolución Nº 30/2020 (GDEBA) de la Provincia de Buenos en relación a las RECOMENDACIONES PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS Y MOTOVEHICULOS PARTICULARES.-

ARTÍCULO 2º: DISPÓNGASE que aquellos vehículos automotores que circulen por el Partido de Quilmes deberán mantener la higiene estricta del interior de vehículo y procurando limpieza con desinfectantes frecuentemente. 

Todas las personas que viajen dentro del vehículo deberán contar con los permisos adecuados y hacerlo con elementos de protección que cubran nariz y boca. 

ARTÍCULO 3º: PROHIBASE el traslado de acompañantes en motovehículos,  ciclomotores y bicicletas en todo el territorio del Partido de Quilmes.

Sólo se permite la circulación de una persona por motovehículo. 

ARTÍCULO 4º: La presente medida entrará en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial Municipal. 

ARTÍCULO 5°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE. 

LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO                                                                 MAYRA S. MENDOZA

JEFE DE GABINETE                                                                                          INTENDENTA 

MUNICIPALIDAD DE QUILMES                                                                MUNICIPALIDAD DE QUILMES

 

DR. CLAUDIO H.CARBONE

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO

MUNICIPALIDAD DE QUILMES

DECRETO Nº 1196/2020

 

Anexos

DECRETO 1196-2020

ADHESION A LA RESOLUCION 30-2020 GDEBA

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