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Decreto Nº348

Decreto Nº 348

Bolivar, 14/02/2020

Visto

El Expediente N° 4013-20/20 por el que la “Asociación de Bomberos Voluntarios de Pirovano”, Matricula N° 43.157, solicita autorización en los términos de la Ordenanza 1044/94 y modificatorias, y;

 

Considerando

Que a fs. 1 obra presentación realizada por las autoridades de la Asociación Civil, solicitando permiso para poner en circulación una Rifa;

 

Que habiendo tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica, ha aconsejado la autorización de la misma, atento haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas por el Decreto Ley 9403/79 y la Ordenanza 1044/94;

 

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

 

DECRETA

Artículo 1º: Autorízase a la “Asociación de Bomberos Voluntarios de Pirovano”, inscripta ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bajo la Matricula N° 43.157, a poner en circulación una Rifa, que consta de dos mil (2000) boletas, que consta de cinco (5) números de cuatro cifras cada uno, a un valor de Pesos cinco mil con 00/100 ($ 5.000,00), pagaderos al contado o en 10 cuotas de Pesos quinientos ($500) cada una.

 

Artículo  2°: El Sorteo Final se realizará el día 26 de Diciembre de 2020 por Lotería Ciudad Nocturna. El premio del Sorteo Final consiste en:

Primer premio: Pesos Un millón con 00/100 ($1.000.000) en órdenes de compra.

Segundo premio: Pesos Trescientos mil con 00/100 ($300.000) en órdenes de compra.

Tercer premio: Pesos Doscientos mil con 00/100 ($200.000) en órdenes de compra.

Cuarto premio: Pesos cincuenta mil con 00/100 ($50.000) en órdenes de compra.

 

Quinto premio: Pesos cincuenta mil con 00/100 ($50.000) en órdenes de compra.

 

                    Para acceder al premio la rifa debe estar cancelada en su totalidad, antes del 25 de Diciembre de 2020.

 

Sorteo Intermedio: Ante Escribano Publico el 17 de Julio de 2020.- Pesos cien mil ($100.000) en órdenes de compra.

 

                    Sorteos Mensuales: Serán sorteados a partir del 28 de Marzo de 2020 hasta el 25 de Diciembre de 2020 por Lotería Ciudad Nocturna.

  1. Primer premio Orden de compra por Pesos Diez mil con 00/100($10.000).-         
  2. Segundo premio Orden de compra por Pesos cinco mil con 00/100 ($5.000)
  1. 28 de marzo de 2020
  2. 25 de abril de 2020
  3. 30 de mayo de 2020
  4. 27 de junio de 2020
  5. 25 de Julio de 2020
  6. 29 de Agosto de 2020
  7. 26 de Septiembre de 2020
  8. 31 de Octubre de 2020
  9. 28 de Noviembre de 2020

 

 

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

 

Artículo 4°: Comuníquese, dése al libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.