Boletines/Suipacha

Decreto Nº385/2017

Decreto Nº 385/2017

Suipacha, 20/09/2017

Visto

La nota presentada por la señora Secretaria de Obras y Servicios Públicos, con referencia al Concurso de Precios Nº 7/2017, Expte. Nº 7/2017 Letra “I”, y

 

Considerando

Que a través de la misma la Sra. Secretaria de Obras y Servicios Públicos, solicita la ampliación de un 20 % del Concurso de Precios Nº 7/2017: Contratación de horas de trabajo de retroexcavadora sobre goma para carga de barro, limpieza de cunetas y zanjeo en caminos correspondientes a la Red Vial de esta ciudad.

Que de acuerdo a lo vertido en el dictamen de la Asesoría Letrada corresponde acceder a tal solicitud de acuerdo a lo establecido en el artículo 146º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo  205º del reglamento de Contabilidad;

Que se ha expedido la Contaduría Municipal al respecto;

Que es necesario dictar el acto administrativo pertinente, por ello, el suscripto;

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º: Amplíase el Concurso de Precios Nº 7/2017, ExpedienteNº 7/2017 Letra “I “Contratación de horas de trabajo de retroexcavadora sobre goma para carga de barro, limpieza de cunetas y zanjeo en caminos correspondientes a la Red Vial de esta ciudad., en un veinte por ciento (20%).

 

Artículo 2º:  El gasto que demande  lo establecido en el Artículo 1º se imputará a  la siguiente partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 - Departamento Ejecutivo  

1110102000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos

51 –Mantenimiento  y conservación de caminos Rurales

  02-Mantenimiento y Conservación de la Red Vial Provincial

 

Artículo 3º: Comuníquese  al Señor  Secretario  de  Obras  y  Servicios  Públicos, a la Contaduría Municipal  y  a  la  Oficina  de   Compras y Suministros, a los efectos pertinentes.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de  Gobierno y  Control de Gestión.

Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.