Boletines/Daireaux

Decreto Nº259/17

Decreto Nº 259/17

Daireaux, 15/03/2017

Visto

El Expediente Interno de Bromatología Nro. 4022-1773/17 recibido para su análisis con fecha 03/03/2017,  y

Considerando

Que a Fs. 1 la Sra. Draque Norali – DNI Nº 33.221.223 – solicita la habilitación comercial del local ubicado en Avda. Bolivar Nro. 320 de la Ciudad de Daireaux, bajo el rubro: Ferretería, girando bajo la denominación de fantasía “Ferreteria Juan”;  

Que la Ordenanza Nº 933/2005 dictada por el H. Concejo Deliberante de Daireaux establece los requisitos exigibles para la habilitación comercial, a ser presentados por cada comerciante;

Que en virtud de ello a Fs. 02 se agrega Declaración Jurada debidamente suscripta por la Sra. Draque Norali acompañando copia de su Documento Nacional de Identidad;

Que a Fs. 05 a Fs. 8  se agrega copia  del Contrato de Locación suscripto sobre el inmueble donde se desarrollará la actividad comercial;

Que a Fs. 11 se anexa Plano del lugar confeccionado a mano alzada ;

Que a Fs. 14 la Dirección de Bromatología e Inspección General anexa Acta de Verificación  Nro. 00018277 de fecha 17 de Febrero de 2017, en la que se deja constancia que el comercio reúne las condiciones necesarias para su habilitación, tal es corroborado y avalado por la Asesoria Legal a Fs. 16;

Que por Dirección de Bromatología deberán efectuarse los controles pertinentes a fin de determinar que el local continúa reuniendo las condiciones bajo las cuales se extiende la presente habilitación la que subsistirá  mientras se mantengan las condiciones en que la misma se otorga, y que la actividad comercial que desarrolle no afecte derechos de terceros;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º. Habilitase el comercio ubicado en Avda. Bolivar Nro. 320 de la Ciudad de Daireaux, bajo el rubro: Ferretería, operando bajo la denominación de fantasía “Ferretería Juan”, a favor de la Sra. Draque Norali – DNI Nro. 33.221.223 -  de acuerdo a lo actuado por Expediente Interno Bromatología Nro. 4022-1773/17, cumpliendo con los requisitos exigidos por Ordenanza Nº 933/2005 .---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTICULO 2º. La presente habilitación podrá ser revocada  por resolución fundada de éste Departamento Ejecutivo, cuando el local no reuniere las mismas condiciones en que fue otorgada y/o cuando la actividad a desarrollar en el mismo afecte los derechos de terceros. El no pago de cuatro (4) cuotas consecutivas y/o alternadas de la Tasa de Seguridad e Higiene dará lugar a la caducidad de la habilitación otorgada, debiendo efectuar los controles pertinentes por parte de la Dirección de Bromatología Municipal.----------------------

ARTICULO 3º. Regístrese la presente por la Dirección de Cómputos y por la Oficina de Recaudación y Control Tributario.----------------------------------------------------------------------------

ARTICULO 4º. Refrende el presente el Sr. Secretario de Gobierno.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-----------------------------------------------------------------------------------------