Boletines/Guaminí

Decreto Nº403

Decreto Nº 403

Guaminí, 22/05/2020

Visto

         La Resolución N° 69/2020 dictada por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, aprobó el “PROTOCOLO PARA TRANSPORTE DE LA CADENA AGROALIMENTARIA Y OPERACIONES VINCULADAS A LA LOGÍSTICA DE CARGA, DESCARGA Y DISTRIBUCIÓN”;

          Que en consecuencia de la misma, se dictó la Resolución N° 73/2.020 donde se aprueba el “PROTOCOLO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE GANADO DE HACIENDA EN PIE EN REMATES FERIAS”;  y

Considerando

Que el distrito de Guaminí adhiere a las resoluciones antes mencionadas, por lo tanto se debe dictar el acto administrativo correspondiente.-

Por ello.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

                                          D E C R E T A

Art. 1º: El Municipio de Guaminí adhiere a las N° 69/2020 y 73/2.020, estableciendo las siguientes medidas:

REMATES EN VIVO:

  • Actuar conforme a las normas sanitarias existentes del SENASA (Resolución N° 1421/00 del organismo)
  • Actuar de acuerdo con las recomendaciones e instrucciones que imparta la autoridad sanitaria competente dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, al igual que todo el personal implicado en las tareas de remate (rematador). Colaborar con dichas autoridades.-
  •  Actuar de acuerdo con las recomendaciones e instrucciones que imparta las Fuerzas de Seguridad.- Colaborar con dichas autoridades.-
  • Realizar preinscripción a los fines de calcular cantidad de asistentes al remate.-                                                                                   ///

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  • Coordinar ingresos y egresos de los camiones para evitar congestiones.-
  • Planificar y limitar el número de viajes al predio.-
  • La espera del camionero debe realizarse dentro del camión hasta tener indicaciones.-
  • Coordinar ingresos y egresos de personas para evitar congestiones.-
  • Identificar, respetar y hacer los circuitos de circulación.- Los externos solo podrán circular por lugares permitidos.-
  • Permitir solo el ingreso de aquellas personas que garanticen la operación.-
  • Deben reforzarse los controles y medidas de organización de la limpieza y desinfección del predio y de los equipos de trabajo.-

MEDIDAS PREVENTIVAS REMATE/CIERRE

  • Se recomienda realizar los encierres/remates ferias en instalaciones que cuenten con el suficiente espacio para asegurar el correcto distanciamiento.-
  • Realizar el ingreso de animales el día anterior a la venta en el horario prefijado.-
  • Comprobar la ausencia de sintomatología (tos, problemas respiratorios, fiebre): Control de temperatura previo a la entrada a la instalación que debe ser menor a 37,5° C.- En caso de una personas presentar sintomatología abstenerse del ingreso de la misma y comunicar esta situación a la brevedad a las autoridades sanitarias y a los responsables del lugar.-
  • Control de personal externo: se aplicarán los mismos controles del apartado anterior.- Los movimientos de personal externo dentro del lugar deberán ser acotados a lo que requiera su presencia.-
  • En las instalaciones de la feria se deberá respetar la distancia mínima de 2 metros entre personas, debiendo utilizarse obligatoriamente tapabocas y guantes.- Alcohol al 70 %, alcohol en gel y otros productos desinfectantes deberán ser provistos por consignatarias organizadoras.-

MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EL INGRESO DE ANIMALES: Se deberá realizar mediante transportistas habilitados, los cuales deberán cumplir el siguiente protocolo:

  • Someterse al control sanitario.-
  • Declarar trayecto y lugar de carga.-
  • Tener el equipo de transporte limpio.-                                         ///

 

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  • Utilizar tapabocas y guantes.-
  • Descender del camión solo para abrir y cerrar la compuerta de carga.-
  • Mantener distancia de 2 metros con el personal y/o cualquier personas que se encuentre en el establecimiento de carga.-
  • Para la fila de descarga deberá esperar el turno correspondiente por llegada, sin descender del transporte y deberá esperar que el trasporte anterior de retire.-
  • Si finalizará la tarea definitivamente, deberá lavar el equipo de trabajo (transporte, equipo de carga/descarga entre otros) antes de realizar la entrada al área urbana.-

Art 3º: “Remítase copia del presente a las autoridades policiales competentes en el Distrito, al Juzgado de Paz Letrado y a la Ayudantía  local del Ministerio Público Fiscal Provincial), regístrese y archívese.--------------------------------------------------------------------------