Boletines/Lujan

Decreto Nº35

Decreto Nº 35

Lujan, 15/01/2020

A REALIZARSE LOS VIERNES 24 Y 31 DE ENERO Y 7 Y 14 DE FEBRERO DE 2020

Visto

Que los viernes 24 y 31 de enero y, 7 y 14 de febrero de 2020 se llevará a cabo el Ciclo "Bici Cine" en la localidad de Carlos Keen; y

Considerando

Que el Bici Cine, se realiza desde hace diez años en la  localidad de Carlos Keen, representando actividades turísticas y culturales, donde los vecinos y turistas pueden participar de este ciclo, como así también de música en vivo, feria de artesanos y otros atractivos. 
            Que este evento tiene un significado muy especial para la localidad de Carlos Keen, siendo un encuentro tradicional de la zona.
            Que dicho evento proporciona un espacio de diálogo e intercambio entre los habitantes del lugar y localidades vecinas, como así también entre el Municipio y los vecinos, entidades intermedias y asociaciones locales.
            Que su objetivo principal es honrar a los habitantes del pueblo y, renovar las tradiciones, siendo a su vez un atractivo único para quien lo visita cada fin de semana.
            Que es iniciativa de esta Gestión de Gobierno alentar, promover y considerar la cultura como un medio indispensable para el desarrollo turístico.
 Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1º.- Declárase de Interés Turístico Cultural Municipal el Ciclo -------------"Bici Cine" a llevarse a cabo en el predio del ferrocarril de la localidad de Carlos Keen y, en el Centro Cultural y Turístico Carlos Keen los viernes 24 y 31 de enero y, 7 y 14 de febrero de 2020, en el horario de 20 a 00hs.---------------------------------------------
Artículo 2°.- Autorízase el uso del espacio público del predio de la      ------------ Estación de Carlos Keen y Centro Cultural y Turístico Carlos Keen, para la instalación de un escenario y sillas, los días viernes 24 y 31 de enero, 7 y 14 de febrero de 2020 desde la 20:00hs hasta las 00:00hs, al solo efecto del evento antes mencionado.----------
Artículo 3º.- La Secretaría de Culturas y Turismo será exclusiva           -------------- responsable de coordinar y articular  las acciones necesarias  con la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, Secretaría de Salud, Secretaria de Protección Ciudadana y demás áreas con incumbencia para asegurar el cumplimiento de los requisitos exigibles en resguardo de la seguridad, las eventuales consecuencias dañosas sobre personas y bienes, que pudieran derivarse del evento y demás obligaciones que deriven de las normas legales y reglamentarias vigentes.--------------------------------------------------------------- 
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el -------------artículo 1º será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente: 
28.- Secretaría de Turismo y Cultura.
01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Turismo y Cultura.
110.-Tesoro Municipal.
2.1.1.0.- Alimentos para Personas.
3.5.1.0.- Transporte.
3.5.4.0.- Primas y Gastos de Seguro.
3.4.9.0.- Servicios Técnicos y Profesionales. Otros.
3.5.9.0.- Servicios Comerciales y Financieros. Otros.
3.5.3.0.- Imprenta, Publicaciones y Reproducciones.
Artículo 5.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,          -------------- notifíquese, publíquese y archívese.---------------------

D E C R E T O    Nº35.-
NC/eb.-