Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 870/20
General Pueyrredon, 28/05/2020
Visto
el ciclo de conciertos ordinarios programados para la Orquesta Municipal de tango, y
Considerando
Que la programación incluye obras del repertorio que esta Orquesta de Tango difunde y que tiene como objetivo incentivar en la comunidad el desarrollo del conocimiento musical y, especialmente, acercar a los jóvenes, dándoles la posibilidad de conocer este estilo musical que tanto nos identifica como pueblo.
Que a los fines de acompañar y enriquecer las presentaciones de la Orquesta se encuentra oportuno la participación de un cantante, que permita realzar la belleza de esta música tradicional y característica de la idiosincrasia argentina.
Que el cantante Arturo Álvarez, cuyo nombre artístico es Jorge Álvarez, reúne las condiciones apropiadas para acompañar a este prestigioso organismo musical, ya que de su curriculum podemos destacar que fue el ganador del 1° Festival Provincial de Tango en el año 1980.
Que compartió escenario con figuras como el Maestro Mariano Mores y la señora María Garay en Tanguería “Del 40’” durante las temporadas 1982 y 1983; integró el Grupo “Los Bandoleros de Mar del Plata”, quienes se presentaron en varios escenarios de la ciudad y en la Expo-feria “Tango Mundo” en el Predio Municipal de Exposiciones de la ciudad de Buenos Aires.
Que actuó junto al Maestro Daniel Moreno, en distintos locales tangueros de la ciudad y en el Teatro Auditorium y fue convocado por el señor Oscar Izurieta para formar parte del elenco de “Homenaje a Carlos Gardel” en el Teatro Payro, acompañado por el Maestro Oscar Basil.
Que fue vocalista de “Los Auténticos del Compás” y cantor del “Grupo Tango”, grupo con el cual viajó dos veces a Brasil para desarrollar presentaciones en Sao Pablo y Reverao Preto.
Que invitado por la Honorable Cámara de Diputados de la Nación actuó acompañado por la “Orquesta de Tango de la Ciudad de Buenos Aires”, dirigida por los Maestros Carlos García y Raúl Garello y junto a la cantante Viviana Vigil se presentó en el Salón de los Pasos Perdidos del Honorable Congreso de la Nación.
Que se ha presentado en escenarios como el Teatro Lola Membrives, en el estadio Luna Park, en el Teatro “Juan Victoria” de la ciudad de San Juan y en Montevideo (Uruguay), todas estas presentaciones compartiendo escena con la Orquesta Municipal de Tango.
Que fue ganador del Premio Faro de Oro Vip en el año 2009; en 2014 recibió la distinción “Premio Zorzal” (Ciudad de Buenos Aires); en 2015 recibió el Premio Estrella de Mar – rubro Mejor Espectáculo Musical - junto al guitarrista Hugo Rivas por el espectáculo “Maestros del Tango”.
Que en 2016 formo parte de “La ruta del tango”, durante los eventos realizados en la ciudad de Necochea en el marco del “mes del tango”.
Que forma parte del espectáculo “Decime Bandoneón” que se presenta habitualmente en el Café Orión, la Sala Lauretti y en los Teatros Melani y Auditorium.
Que a los efectos de llevar adelante lo expuesto, resultó necesario contratar como cantante al señor Arturo Álvarez, DNI n° 5.331.738, CUIT 20-05331738-4, todo de acuerdo con las previsiones del artículo 156º, Inc. 3º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1°: Convalídase la tácita contratación en los términos del artículo 156º inc. 3º de la LOM, del cantante Arturo Álvarez, DNI n° 5.331.738, CUIT 20-05331738-4, quien realizó presentaciones junto a la Orquesta Municipal de Tango los días 8, 15, 22 y 29 de enero de 2020 y los días 04, 05, 12 y 19 de febrero de 2020, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2°: Autorizase el pago de la suma de pesos veinticinco mil seiscientos ($ 25.600) por todo concepto, como contraprestación por la actividad descripta en el artículo 1°, a razón de tres mil doscientos pesos ($ 3.200) cada presentación. El monto estipulado será abonado al señor Arturo Álvarez D.N.I n° 5.331.738, de forma mensual de acuerdo a la cantidad de presentaciones efectivamente realizadas.
ARTICULO 3º: El egreso que demande lo dispuesto en el artículo 2º del presente se imputará a la partida: Jurisdicción 1110111000 Programático 66.00.00 UE 13 Fin Fun 3-4-5 Fte. Fin. 110 Partida 3.4.9.0 Monto $ 25.600.-
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Cultura.
ARTÍCULO 5°: Regístrese, publíquese, comuníquese e intervengan la Secretaría de Economía y Hacienda y Secretaría de Cultura.
BALMACEDA MONTENEGRO