Boletines/Tornquist

Resolución Nº08/20

Resolución Nº 08/20

Tornquist, 26/05/2020

Visto

Las resoluciones números 003/2020 del 21 de marzo de 2020, 004 del 01 de abril de 2020, 005 del 13 de abril de 2020, 06 del 27 de abril de 2020 y 07 del 11 de mayo de 2020; y.-

Considerando

Lo establecido por el decreto de necesidad y urgencia nº297/20, dictado por el Poder Ejecutivo Nacional por el cual se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo inclusive del corriente año, previéndose la posibilidad de su prórroga por el tiempo que se considerare necesario, en función de la evolución epidemiológica.

Que el Sr. Presidente de la Nación, mediante decreto 493/20 dispuso la prórroga de la vigencia del Decreto N° 297/20, hasta el día 07 de junio de 2020 inclusive, prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20 y sus normativas complementarias.

Asimismo la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, mediante resolución 535/20, dispuso la prórroga de la resolución 386-20 hasta el 07 de junio del presente año.

Que mediante resolución nº003/20 del 21 de marzo de 2020 se dispuso la suspensión de los términos procesales en las causas disciplinarias al personal, que tramiten en el marco de los sumarios administrativos en curso en la Municipalidad de Tornquist, desde el día 20 y hasta el 31 de marzo inclusive. Ese plazo, por similares razones, fue prorrogado mediante la Resolución N° 004/20 hasta el día 12 de abril, Resolución 005/20 hasta el día 26 de abril de 2020, Resolución 006/20 hasta el día 10 de mayo de 2020 y Resolución 007/20 hasta el día 24 de mayo de 2020

POR ELLO

EL SECRETARIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD,

RESUELVE:

PRIMERO: Prorróguese hasta el día 07 de junio de 2020 inclusive, la vigencia de la resolución N° 003/20, prorrogada a su vez por las resoluciones números 004 del 01 de abril de 2020, 005 del 13 de abril de 2020, 006 del 27 de abril de 2020 y Resolución 007 del día 24 de mayo de 2020.

SEGUNDO: La presente medida entra en vigencia desde el día 25 de mayo de 2020.

TERCERO: Publíquese. Tomen nota todas las dependencias municipales que correspondan. Cumplido, Dése al Registro Oficial y cumplido: ARCHÍVESE.-