Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº5826

Ordenanza Nº 5826

General Villegas, 29/06/2017

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 3722/17, correspondientes a la Licitación Pública Nº 3/17 destinada a la “Adquisición de mano de obra y materiales gruesos” para la Obra “Nueva Escuela especial – Emilio V. Bunge”, autorizada por Decreto Nº 493/17; y

CONSIDERANDO:

Que de fojas 225 a 228, se agrega acta de apertura de propuestas y planillas de comparación de ofertas.

Que la oficina de Compras interviene a fojas 229, manifiesta que efectuado el acto de apertura de propuestas se presentaron dos (2) oferentes y que el señor David Tomas E. De Cock no presentó la garantía de mantenimiento de oferta como así tampoco certificado de capacidad y datos empresariales, presentando los anexos en forma incompleta.

Que analizada la documentación del proponente restante, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos estima conveniente adjudicar la licitación a la firma Grupo Comarvi S.A., en la suma de Pesos catorce millones dos mil seiscientos cincuenta y ocho con 18/100 ($ 14.002.658,18), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el pliego de bases y condiciones y desestimar la oferta presentada por el oferente David Tomas Ezequiel De Cock, debido a las observaciones señaladas por la Jefa de Compras.

Que el Artículo 114 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios y los Artículos 180 y 181 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, establecen que ante el supuesto de falta de garantía de mantenimiento de oferta, la propuesta realizada no puede ser considerada oferta.

Que el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, prevé que en caso de única oferta y conveniente a los intereses municipales, podrá ser aceptada con autorización del Departamento Deliberativo.

Que atento a lo expuesto anteriormente, corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo a los efectos de adjudicar el proceso licitatorio antes mencionado.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Pública N° Nº 3/17 destinada a la “Adquisición de mano de obra y materiales gruesos” para la Obra “Nueva Escuela especial – Emilio V. Bunge”, a la firma Grupo Comarvi S.A., en la suma de Pesos catorce millones dos mil seiscientos cincuenta y ocho con 18/100 ($ 14.002.658,18), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTÍCULO 2º: Desestímese la propuesta presentada en la licitación mencionada en el Artículo Primero al oferente David Tomas Ezequiel De Cock, por no cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación aludida precedentemente.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.