Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 5821
General Villegas, 29/06/2017
VISTO:
El Expediente Nº 3581/14 Alcance 1, iniciado por la señora Patricia Andrea Cadenas, solicitando la devolución del terreno otorgado mediante Ordenanza Nº 5396/16, adjuntando comprobantes de pago; y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 5396/14 se adjudicó el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 171, Parcelas 2 y 3, Manzana Provisoria AA, Parcela Provisoria 11 a la señora Patricia Andrea Cadenas, para ser destinada a la construcción de una vivienda familiar.
Que el Departamento Catastro interviene a fojas 9.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, sugiere que la señora Patricia Andrea Cadenas adjunte recibos originales de pago dando cumplimiento con el Artículo 56º de la Ordenanza Fiscal vigente y una vez acompañada dicha documentación se dicte el correspondiente acto administrativo desadjudicando el inmueble en cuestión, a fojas 11.
Que por Expediente Nº 3581/14 Alcance 2, agregado al anterior como foja 14, iniciado por la recurrente, comunicando el extravío de recibos de pago del terreno otorgado.
Que la Señora Cadenas, manifiesta que por razones de mudanza no logró encontrarlos.
Que acompaña fotocopias que le fueron entregadas por la Dirección de Rentas de dicha Municipalidad, donde consta que pagó en tiempo y forma dicho inmueble.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 16, sugeriendo desadjudicar el inmueble a la señora Patricia Andrea Cadenas.
Que la Dirección de Rentas a fojas 18 y 19, informa el aporte efectuado por la señora por el inmueble adjudicado por Ordenanza Nº 5396/14 y las fechas en que se realiza tales pagos.
Que corresponde elevarlo al Departamento Deliberativo, a fin de desadjudicar el inmueble.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Desadjudícase a la señora PATRICIA ANDREA CADENAS, DNI Nº 30.601.869, el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Chacra 171, Parcelas 2 y 3, Manzana Provisoria AA, Parcela Provisoria 11, por las razones expuestas en ut-supra.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.