Boletines/General Villegas

Resolución Nº551/17

Resolución Nº 551/17

General Villegas, 28/06/2017

Visto

El Expediente Nº 7503/12, donde tramita la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora María Alejandra Nieva, dedicado a la explotación de los rubros “Prendas de Vestir – Accesorios”, con fecha de alta 17 de agosto de 2011, Contribuyente Nº 20932; y

Considerando

Que por Expediente Nº 7503/12 Alcance 4, agregado a fojas 86, la recurrente solicita la baja de la actividad comercial, desde el día 28 de marzo de 2017.

Que mediante Acta de Constatación Nº 5800, realizada el 27 de abril de 2017, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 88).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 93, informando  que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que División Comercio e Inspección interviene a fojas 94 y 95 agregando proyecto tendiente a registrar la baja del comercio.

Que a fojas 97 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 28 de marzo de 2017, del comercio perteneciente a la señora MARÍA ALEJANDRA NIEVA, DNI Nº 21.501.383, contribuyente Nº 20932, habilitado con los rubros “PRENDAS DE VESTIR – ACCESORIOS”, denominación comercial “EL 22”, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-07, NIS Nº 1048998 – 01 – T1R – Residencia, con domicilio comercial en calle Mariano Moreno Nº 1357 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 36b, Parcela 13, sin empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 7503/12.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, Secretaría de Seguridad, División Centro de Cómputos, Departamento Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.