Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº5818

Ordenanza Nº 5818

General Villegas, 15/06/2017

VISTO:

El Convenio de Asistencia Técnica e Implementación del “Plan de Escrituración del IVBA” suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO:

Que el mismo tiene por objeto implementar el “Plan de Escrituración del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires” como instrumento de gestión para efectivizar la transparencia dominial a los adjudicatarios de complejos habitacionales construidos y/o financiados y/o administrados por dicho instituto en el Partido de General Villegas.

Que el objetivo de dicho plan es generar un ámbito o espacio de tratamiento de la temática de la regularización urbana, dominial y escrituraria de la vivienda social, basado en la articulación Provincia-Municipio para elaborar procesos tendientes a convertir en propietarios a la totalidad de los beneficiarios de las distintas operatorias centralizadas y descentralizadas, ejecutadas por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.

Que ello se lleva a cabo en el marco de lo establecido por la Ley 13.342, su modificatoria Ley 13.874 y su Decreto Reglamentario Nº 699/10, prorrogado por Resoluciones Nº 1809/12 y 1687/14, a los cuales este Municipio deberá adherirse.

Que corresponde elevarlo al Departamento Deliberativo para que convalide el instrumento señalado.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese el Convenio de Asistencia Técnica e Implementación del “Plan de Escrituración del IVBA” suscripto con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el cual como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

ARTÍCULO 2º: Adhiérase la Municipalidad de General Villegas a los términos de la Ley 13.342, su modificatoria Ley 13.874, conforme lo requerido en la cláusula tercera del convenio aludido precedentemente.

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.

Anexos

anexo 5818

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