Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 5815
General Villegas, 15/06/2017
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 3215/17, correspondientes a la Licitación Privada Nº 11/17 para la “Adquisición de una camioneta 4 x 4 tipo pick up (doble cabina)”, autorizada por Decreto Nº 446/17; y
CONSIDERANDO:
Que de fojas 84 a 87, se agregan el acta de apertura de propuestas y las planillas de comparación de ofertas.
Que a fojas 88, la Jefa de Compras manifiesta que efectuado el acto de apertura de las propuestas, se presentaron dos oferentes y que la oferta presentada por la empresa B.H.A.S.S.A., no presenta la certificación del pagaré sin protesto constituido como garantía de oferta.
Que analizada la documentación del proponente restante, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos estima conveniente adjudicar la licitación mencionada, al oferente Dalcros S.A., por cumplimentar lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones, en la suma de Pesos seiscientos nueve mil ($ 609.000) y desestimar las ofertas restantes.
Que el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades contempla el supuesto de adjudicación a única oferta con autorización del Honorable Concejo Deliberante.
Que atento a lo expuesto anteriormente, corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo a los efectos de adjudicar el proceso licitatorio antes mencionado.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada N° 11/17 destinada a la “Adquisición de una camioneta 4 x 4 tipo pick up (doble cabina)”, a la firma Dalcros S.A., en la suma de Pesos seiscientos nueve mil ($ 609.000.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTÍCULO 2º: Desestímense las propuestas presentadas en la licitación mencionada en el artículo anterior, a los oferentes B.H.A.S.S.A. y Dalcros S.a. (oferta alternativa), por no resultar convenientes a los intereses municipales.
ARTÍCULO 3º: Autorízase a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver al oferente B.H.A.S.S.A., el pagaré sin protesto de fecha 25 de abril de 2017, por la suma de Pesos setenta y un mil quinientos ($ 71.500.-), aportado en concepto de garantía de mantenimiento de oferta
ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.