Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1093/17
General Villegas, 29/06/2017
Visto
El Expediente Nº 6129/17, iniciado por la Comisión Directiva del Club Atlético Argentino de Villa Saboya, solicitando un subsidio mensual de Pesos tres mil doscientos ($ 3.200), desde el mes de marzo hasta diciembre 2017 inclusive, destinado a solventar gastos del cantinero de la institución; y
Considerando
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase a la COMISION DIRECTIVA DEL CLUB ATLETICO ARGENTINO DE VILLA SABOYA, un subsidio mensual por la suma de Pesos tres mil doscientos ($ 3.200), desde el mes de marzo hasta diciembre 2017 inclusive, destinado a solventar gastos del cantinero de la institución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque por la suma y a la orden establecida en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto el reintegro de la suma otorgada (Artículo 131º y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
Subjurisdicción: |
Conducción Superior |
Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
Fuente de Financiamiento: |
110 |
Clase: |
5.1.7.0. |
Descripción de Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Programa y Actividad |
79-00-00 |
Importe: |
$ 32.000 ($ 3.200 por mes de marzo a diciembre 2017).- |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.