Boletines/General Villegas

Decreto Nº1060/17

Decreto Nº 1060/17

General Villegas, 26/06/2017

Visto

El Expediente N° 6771/17, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago de energía eléctrica, por la suma de Pesos tres mil setecientos cincuenta ($ 3.750), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 66.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos tres mil setecientos cincuenta ($ 3.750), destinado a solventar el pago de energía eléctrica, conforme el siguiente detalle:

APELLIDO Y NOMBRES

     D.N.I.

IMPORTE

Álvarez Adriana

27.982.557

$ 150

Bozzer Silvia

14.912.968

$ 250

Castro Noelia

30.601.752

$ 300

Diez Tatiana

35.803.708

$ 200

Falcón Gladys

16.215.919

$ 400

Fernández Estela

20.579.566

$ 50

Ledesma Mariana

33.423.527

$ 500

López Graciela

21.501.346

$ 200

Miño Carmen

30.447.006

$ 200

Pérez Viviana

16.808.799

$ 300

Pico M. de los Ángeles

22.961.507

$ 150

Prola Franco

29.035.011

$ 300

Quezada Beatriz

30.965.234

$ 150

Rodríguez M. Betina

29.793.448

$ 200

Sosa Andrea

35.803.672

$ 400

 

TOTAL

$ 3.750

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida:

Jurisdicción:

Sec. de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

05 - Transferencias

Partida Principal:

01 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04 - Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62 - Asistencia Social Directa

Actividad Proy.:

03 - Subsidios Varios

Importe:

$ 3.750.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.