Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1053/17
General Villegas, 23/06/2017
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 5262/17, pertenecientes al Concurso de Precios Nº 29/17 destinado a la “Adquisición de mano de obra y materiales – Rampas, senderos y colocación del mobiliario urbanos tramo 3 en el boulevard del Hospital Municipal de General Villegas”, aprobada por Decreto Nº 816/17; y
Considerando
Que a fojas 123 a 127 se adjunta acta de apertura y las planillas de comparación de ofertas.
Que a fojas 128 la Jefa de Compras informa que efectuado el acto de apertura de propuestas se presentaron cinco (5) oferentes.
Que la Directora de Edificios Públicos, Administración y Salud interviene a fojas 129, manifestando que realizado el estudio y análisis de las propuestas, sugiere adjudicar el concurso al oferente Jorge Trovatto, por resultar conveniente a los intereses municipales y encuadrarse a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones y desestimar las ofertas presentadas por los oferentes Ricardo Hugo Nieva, Miguel Ángel Frey, Miguel Santiago Medina y Fabio Osmar Milla, a quienes corresponde realizar la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta aportada.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase el Concurso de Precios Nº 29/17 destinado a la “Adquisición de mano de obra y materiales – Rampas, senderos y colocación del mobiliario urbanos tramo 3 en el boulevard del Hospital Municipal de General Villegas”, aprobada por Decreto Nº 816/17, al oferente Jorge Trovatto, en la suma de Pesos doscientos sesenta mil ($ 260.000), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 5262/17, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en el concurso de precios mencionado en el Artículo Primero, a los oferentes Ricardo Hugo Nieva, Miguel Ángel Frey, Miguel Santiago Medina y Fabio Osmar Milla, por no resultar convenientes a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes que se detallan, el pagaré sin protesto que se enuncia a continuación, aportado en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta en el concurso de precios aludido en el Artículo Primero:
Ricardo Hugo Nieva, Pagaré sin protesto $ 31.266,18.-
Miguel Ángel Frey, Pagaré sin protesto $ 31.266,18.-
Miguel Santiago Medina, Pagaré sin protesto $ 31.266,18.-
Fabio Osmar Milla, Pagaré sin protesto $ 31.266,18.-
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Compras, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.