Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1052/17
General Villegas, 23/06/2017
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4247/17, pertenecientes al Concurso de Precios Nº 18/17 destinado a la “Adquisición de mano de obra y materiales” para la Obra “Construcción bloque sanitario Museo Regional General Villegas – 1º Etapa”, aprobada por Decreto Nº 610/17; y
Considerando
Que a fojas 82 a 88 se adjunta acta de apertura y las planillas de comparación de ofertas.
Que a fojas 89 la Jefa de Compras informa que efectuado el acto de apertura de propuestas se presentaron cuatro (4) oferentes y que el señor Miguel Ángel Leiva consignó erróneamente los valores en la planilla de cotización, motivo por el cual se desestima su propuesta.
Que la Directora de Edificios Públicos, Administración y Salud interviene a fojas 90, manifestando que realizado el estudio y análisis de las propuestas, sugiere adjudicar el concurso al oferente Miguel Santiago Medina, por resultar conveniente a los intereses municipales y encuadrarse a lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones y desestimar las ofertas presentadas por los oferentes Miguel Ángel Leiva, Antonella Daiana Milla y Jorge Trovatto, a quienes corresponde realizar la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta aportada.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase el Concurso de Precios Nº 18/17 destinado a la “Adquisición de mano de obra y materiales” para la Obra “Construcción bloque sanitario Museo Regional General Villegas – 1º Etapa”, aprobada por Decreto Nº 610/17, al oferente Miguel Santiago Medina, en la suma de Pesos doscientos sesenta y un mil doscientos cincuenta y cinco ($ 261.255), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 4247/17, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en el concurso de precios mencionado en el Artículo Primero, a los oferentes Antonella Daiana Milla y Jorge Trovatto, por no resultar convenientes a los intereses municipales y a Miguel Ángel Leiva por no cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes que se detallan, el pagaré sin protesto que se enuncia a continuación, aportado en concepto de Garantía de Mantenimiento de Oferta en el concurso de precios aludido en el Artículo Primero:
Miguel Ángel Leiva, Pagaré sin protesto $ 34.080.-
Antonella Daiana Milla, Pagaré sin protesto $ 34.080.-
Jorge Trovatto, Pagaré sin protesto $ 34.080.-
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Compras, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.