Boletines/General Villegas

Decreto Nº1021/17

Decreto Nº 1021/17

General Villegas, 21/06/2017

Visto

El Expediente Nº 6342/17, iniciado por la Comisión Directiva del Club Atlético Villegas, solicitando autorización para poner en circulación un bono contribución dentro del ámbito del Partido de General Villegas; y

Considerando

Que la entidad presenta la documentación exigida en el Anexo I del Decreto Nº 130/94, Reglamentario de la Ordenanza Nº 2781/93.

Que el producido será destinado a la realización de obras en las instalaciones.

Que a fojas 11, la Dirección de Rentas comunica que no registra deuda en concepto de “Fondo Municipal Benéfico de Rifas”.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación correspondiente a fojas 13.

Que resulta pertinente conceder la autorización requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la COMISÓN DIRECTIVA DEL CLUB ATLÉTICO VILLEGAS, a poner en circulación un bono contribución dentro del ámbito de este Partido, cuyo producido será destinado a la ejecución de obras en la institución.

ARTÍCULO SEGUNDO: El mencionado bono constará de doscientas cincuenta (250) boletas con cuatro (4) números de tres (3) cifras, a un valor de Pesos tres mil seiscientos ($ 3600), que se abonará en seis (6) cuotas de Pesos seiscientos ($ 600) cada una.

ARTÍCULO TERCERO: En los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2017, se sortearán tres (3) premios de un valor de Pesos tres mil ($ 3.000) c/u, correspondientes a los tres primeros números del último sorteo de Lotería Nacional Nocturna de cada mes, con la cuota paga al día. Para participar del primer sorteo se deberán tener al día los meses de junio, julio y agosto de 2017.

ARTÍCULO CUARTO: El sorteo final se realizará por Lotería de la Provincia de Buenos Aires en la Jugada de Reyes, según el siguiente detalle:

1º Premio: 1 AUTOMÓVIL GOL TREND 5 PUERTAS TRENDLINE.

ARTÍCULO QUINTO: El producido del 5% (cinco por ciento), que podrá efectivizar la entidad hasta el día del sorteo, ingresará al siguiente rubro:

1290300 FONDO MUNICIPAL BENÉFICO DE RIFA                                     $ 45.000.-

ARTÍCULO SEXTO: Los miembros de la Comisión Directiva del Club Atlético Villegas, declaran bajo juramento, que conocen y aceptan todos los términos del Decreto Ley Nº 9403/79, Ley Nº 11349, Ordenanza Nº 2781/93 y Decreto Reglamentario.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Contaduría, Tesorería, Dirección de Rentas y Estación de Policía Comunal; cúmplase y archívese.