Boletines/General Villegas

Decreto Nº997/17

Decreto Nº 997/17

General Villegas, 15/06/2017

Visto

El Expediente Nº 12836/16 Alcance 1, iniciado por la Secretaria de Relaciones con las Instituciones y la Comunidad, elevando el reclamo formulado por los Delegados Municipales de Santa Regina y Santa Eleodora, en relación con el servicio de mensajería prestado por el señor Mauro David Farías, en el marco de la Licitación Privada N° 56/16 “Transporte Documentación - Valores con Delegaciones Municipales”; y

Considerando

Que por Decreto Nº 1859/16 el señor Mauro David Farías resultó adjudicatario de la Licitación Privada Nº 56/16 destinada al “Transporte de Documentación – Valores con Delegaciones Municipales” (fojas 16 y 17).

Que a fojas 2 la Delegada Municipal de Santa Regina informa que el día 1 de marzo del corriente año el mensajero municipal no llevó la correspondencia a dicha localidad, en otras Que en análogo sentido se expresa el Delegado Municipal de Santa Eleodora a fojas 3, manifestando que el contratista no cumple con sus obligaciones, no concurriendo el día 1 de marzo de 2017 por tener rota la camioneta. Destaca además que ese día alteró el significativamente el normal funcionamiento ya que debía enviar la recaudación de dinero de la semana anterior, en reiteradas ocasiones decide unilateralmente sobre la importancia de la correspondencia y no se presentaba y en una oportunidad requirió veinte (20) litros de gas oil.

Que a fojas 24 el Tesorero Municipal, informa que desde el inicio del servicio el señor Farias, no ha cumplido el recorrido pactado, recibiendo reiteras quejas de los delegados, debido al incumplimiento y pedidos de combustible. Resaltando además que algunas recaudaciones fueron alcanzadas a la Tesorería por los respectivos delegados y al requerirle verbalmente el cumplimiento de sus obligaciones el señor Mauro Farías, alega demoras en el inicio del recorrido, problemas mecánicos del vehículo y recorrido extenso por inundación.

Que por Expediente Nº 12836/16 Alcance 2, agregado al anterior como foja 25, la Delegada Municipal de Santa Regina reitera sobre el mal desempeño del contratista.

Que a fojas 28 la Jefa de Compras, manifiesta que desconocía el incumplimiento y requiere la intervención de la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que a fojas 28 se agrega un nuevo informe del Tesorero Municipal, donde manifiesta que el adjudicatario no efectuó el recorrido correspondiente a las Delegaciones de Banderaló, Emilio V. Bunge, Coronel Charlone y Villa Sauze, no alegando justificativo alguno.

Que a fojas 29 el Director de Asuntos Jurídicos sugiere se anule el contrato con el señor Mauro David Farías, por no haber dado cumplimiento a lo estipulado en el punto 5 de las condiciones generales del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada Nº 56/16 y se aplique lo dispuesto en el Artículo 12 del pliego por no cumplimentar con el recorrido establecido y los días de trabajo.

 Que del Pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto Nº 1737/17, surge que la duración de la contratación es por un (1) año, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2017, consistiendo el servicio en la distribución de correo y transporte de documentación y valores con las Delegaciones Municipales, con un cronograma a cumplir mínimo e indispensable para el normal desenvolvimiento de las delegaciones y dependencias municipales.

Que el punto 5 de las condiciones generales establece que de no ser cumplimentado el recorrido es posible proceder a la anulación del contrato y el Artículo 12 de las Especificaciones Legales Particulares instituye multa por incumplimiento, pérdida de la garantía de oferta por no cumplimentar con el recorrido establecido, los días de trabajo y/o el periodo de contratación.

Que el servicio de mensajería es fundamental para el intercambio entre las oficinas municipales y las delegaciones, sobretodo con aquellas que no cuentan con banco o instituciones financieras.

Que el incumplimiento del recorrido perjudica gravemente la comunicación, retrasa el curso de expedientes y pone en riesgo la recaudación de tributos que realizan los vecinos en su lugar de residencia.

Que conforme lo expuesto se encuentra ampliamente acreditado el perjuicio que ha causado al Municipio, la deficiente prestación del servicio por parte del señor Mauro David Farías.

Que es obligación del gobierno municipal, velar por los intereses municipales, adoptando todas las medidas necesarias que eviten un perjuicio al erario municipal.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente, rescindiendo el contrato perfeccionado con el señor Mauro David Farías en el marco de la Licitación Privada N° 56/16.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Rescíndase a partir del día 19 de junio de 2017, el contrato con el señor Mauro David Farías, en el marco de la Licitación Privada Nº 56/16 destinada al “Transporte de Documentación – Valores con Delegaciones Municipales” adjudicada mediante Decreto Nº 1859/16, por hallarse acreditado el incumplimiento de las obligaciones a su cargo.

ARTÍCULO SEGUNDO: Aplícase al señor Mauro David Farías, la multa por incumplimiento estipulada en el Artículo 12 de las Especificaciones Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la licitación mencionada en el artículo primero, dándosele por perdida la garantía de mantenimiento de oferta aportada, por no cumplimentar con el recorrido establecido y los días de trabajo.

ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las Oficinas competentes a realizar las tramitaciones pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO: Notifíquese en legal tiempo y forma a través de la Oficina de Compras.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Delegaciones Municipales; cúmplase y archívese.