Boletines/General Villegas

Decreto Nº989/17

Decreto Nº 989/17

General Villegas, 14/06/2017

Visto

El Expediente N° 6341/17, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago de energía eléctrica, por la suma de Pesos dos mil cuatrocientos cincuenta ($ 2.450), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 36.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos dos mil cuatrocientos cincuenta ($ 2.450), destinado a solventar el pago de energía eléctrica, conforme el siguiente detalle:

Apellido y Nombre

D.N.I

Importe

Alasia, María Cristina

14.888.767

$ 400

Monterrosa, Milagros

38.363.602

$ 100

Videla, Patricia

20.915.056

$ 200

Berón, Mónica

17.441.057

$ 500

Bracciale, Luciana

32.102.439

$ 300

López, Mario O.

12.567.172

$ 100

Echegaray, Romina

34.778.694

$ 150

Díaz, Fabiana

24.789.221

$ 500

Saavedra, Viviana

31.826.340

$ 200

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

5- Transferencias

Partida Principal:

1-Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04- Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62- Asistencia Social Directa

Actividad Proy.:

03- Subsidios Varios

Importe:

$ 2.450.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.