Boletines/General Villegas
Decreto Nº 948/17
General Villegas, 07/06/2017
Visto
El Expediente Nº 1768/17, iniciado por la firma Los Reartes S.A., solicitando el reintegro del pago de las Guías Única de Traslado Nº 4423000, 4423021, 4434739, 4445681, 447809 y 4450933, gestionadas el 4, 15, 24, 25 y 30 de noviembre de 2016; y
Considerando
Que Departamento Expedición interviene a fojas 12, manifestando que correspondería devolver al recurrente la suma de Pesos siete mil quinientos once con 70/100 ($ 7.511,70), abonada en concepto de “Tasa por Control de Marcas y Señales”, adjuntando documentación pertinente.
Que a fojas 15 el Coordinador de Catastro informa que el requirente se encuentra comprendido en los términos de la Ley 10.390 y Decreto Nº 1365/16.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 20, sugiriendo hacer lugar a lo requerido, por encuadrarse en la normativa de la Ordenanza Nº 5764 y Decreto Nº 1599/16.
Que por Decreto 143/16 se decreta la emergencia hídrica el que fue ratificado por Ordenanza Nº 5648/16. Asimismo por Ordenanza Nº 5764/16 se ratificó el Decreto Nº 1599/16 mediante el cual se previó la prórroga hasta el 30 de noviembre de 2016 el pago de derecho de guías de tránsito por el articulo 262 de la Ordenanza Fiscal vigente a los productores que lo requieran, en razón de la situación de emergencia por la que atraviesa el Partido de General Villegas.
Que desde el mes de marzo de 2016 el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha declarado en emergencia y desastre agropecuario al Partido de General Villegas.
Que la grave crisis hídrica que soporta el Partido de General Villegas, desde fines del año 2016 ha ido en desmedro de la producción agrícola ganadera.
Que la gestión municipal debe coadyuvar a soportar las pérdidas de la región.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 29.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Devuélvase a la firma Los Reartes S.A., la suma de Pesos siete mil quinientos once con 70/100 ($ 7.511,70), abonada en concepto de “Tasa por Control de Marcas y Señales”, por las adecuaciones presupuestarias pertinentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: Autorízase a las Oficinas competentes a realizar las modificaciones pertinentes.
ARTÍCULO TERCERO: La presente devolución deberá imputarse a los rubros:
Jurisdicción: |
1110102000 |
Secretaría de Gobierno a/c Sec. Hacienda |
Tipo: |
1200000 |
Ingresos No Tributarios |
Clase: |
1210000 |
Tasas |
Concepto: |
1210900 |
Control de Marcas y Señales |
Subconcepto: |
1210902 |
Guías de Tránsito |
Importe: |
|
$ 7.511,70 |
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Tesorería, Departamento Expedición, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.