Boletines/General Villegas
Decreto Nº 937/17
General Villegas, 07/06/2017
Visto
El Expediente Nº 6006/17, iniciado por el Secretario de Jefatura de Gabinete Municipal a cargo de la Secretaría de Gobierno y la Secretaria de Hacienda y Finanzas, solicitando se realicen las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de efectuar un mejor seguimiento de los gastos incurridos en el área de obras públicas; y
Considerando
Que a fojas 2 la Contadora Municipal informa las partidas en que deben realizarse las modificaciones presupuestarias.
Que el Artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, faculta a este Departamento Ejecutivo a realizar adecuaciones contables.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Disminúyase el Presupuesto de Gastos en las sumas que se consignan, con cargo a las partidas que se detallan:
Jurisdicción: |
Programa y Actividad: |
Fte. de Financiamiento: |
Partida: |
Monto: |
1110106000- Secretaría de Obras Públicas |
01.01.00 – Administración Central |
110- Tesoro Municipal |
2.5.6.0. |
$ 389.357,53.- |
1110106000- Secretaría de Obras Públicas |
34.71.00 – Soluciones Habitacionales |
110- Tesoro Municipal |
5.1.4.0. |
$ 399.838,27.- |
1110106000- Secretaría de Obras Públicas |
36.01.00- Mantenimiento de Escuelas |
110- Tesoro Municipal |
5.1.4.0. |
$ 848.999,73.- |
1110101000- Conducción Superior |
01.01.00- Administración y Gestión de Políticas Centrales |
110- Tesoro Municipal |
2.5.6.0. |
$ 57.996,33.- |
ARTÍCULO SEGUNDO: Amplíese el Presupuesto de Gastos vigente en las sumas que se consignan, con cargo a las partidas que se detallan:
Jurisdicción: |
Programa y Actividad: |
Fuente de Financiamiento: |
Partida: |
Monto: |
1110106000- Secretaría de Obras Públicas |
01.04.00 – Refacción y Mantenimiento de Edificios Municipales |
131- Afectado Municipal |
2.6.1.0 |
$ 900.857,99-. |
1110106000- Secretaría de Obras Públicas |
01.01.00 – Administración Central |
132- Afectado Provincial |
4.2.2.0 |
$ 795.333,87.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Hacienda y Finanzas y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.