Boletines/General Villegas

Resolución Nº521/17

Resolución Nº 521/17

General Villegas, 19/06/2017

Visto

El Expediente Nº 4357/07, donde tramita la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Walter Joel Borello, dedicado a la explotación de los rubros “Maquinarias Agrícolas y Venta de Semillas y Agroquímicos – Oficina Comercial sin Depósito”, con fecha de alta 1 de abril de 2007, Contribuyente Nº 3175; y

Considerando

Que por Expediente Nº 4357/07 Alcance 6, agregado a fojas 124, el recurrente solicita la baja de la actividad comercial, desde el 26 de junio de 2015.

Que la Delegación Municipal de Emilio V. Bunge informa que el contribuyente cesó en sus actividades (folio 127).

Que mediante Acta de Constatación Nº 4591, realizada el 6 de noviembre de 2015, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 129).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 134, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que División Comercio e Inspección, agrega el proyecto de resolución a fojas 135 y 136.

Que a fojas 138 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 26 de junio de 2015, del comercio perteneciente al señor WALTER JOEL BORELLO, DNI Nº 21.501.037, Contribuyente Nº 3175, habilitado con los rubros “MAQUINARIAS AGRÍCOLAS Y VENTA DE SEMILLAS Y AGROQUÍMICOS - OFICINA COMERCIAL SIN DEPÓSITO”, denominación comercial “AGROINSUMOS BUNGE”, Codificadores de Rentas Nº 62900-21, 62900-12 y 62900-03, Usuario Nº 1225 - Socio Nº 869 - E101 - T1G - Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Europa Nº 349 de la localidad de Emilio V. Bunge, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 20, Parcela 6a, sin empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 4357/07.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.