Boletines/General Villegas
Resolución Nº 500/17
General Villegas, 08/06/2017
Visto
El Expediente Nº 403/91 Alcance 1, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Carmen Adriana Schmidt, dedicado a la explotación de los rubros “Autoservicio – Carniceria”, a partir del 1 de octubre de 2008; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 803/13, agregada a fojas 48, se actualizó la habilitación provisoria, correspondiente al Contribuyente Nº 4057, por tratarse de un comercio de antigua data.
Que por Expediente Nº 403/91 Alcance 2, agregado a fojas 53, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que a fojas 69 y 70 obra Acta de Inspección Nº 4073 y Censo de Comercio e Industria Nº 4248 respectivamente, declarando no contar con ningún empleado en relación de dependencia.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 82, informando que el recurrente no registra deuda.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).
Que División de Comercio e Inspección General interviene a fojas 84 y 85, agregando proyecto tendiente a otorgar la habilitación y anexo provisorios.
Que atento al tiempo transcurrido, se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiriendo la presentación del Libre Deuda de Faltas de la requirente y de las libretas sanitarias vigentes (fojas 87). Que habiéndose informado el cumplimiento de lo dispuesto por Ordenanza Nº 3666, la Dirección de Asuntos Jurídicos manifiesta no tener objeciones al proyecto de Resolución.
Que a fojas 101, la Dirección de Rentas informa que el contribuyente registra deuda en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, Fondo Solidario p/la Obra Pública y Tasa de Seguridad y Defensa Civil.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 803/13, de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “AUTOSERVICIO – CARNICERIA”, denominación comercial “AVENIDA”, de la señora CARMEN ADRIANA SCHMIDT, D.N.I. Nº 14.910.847, Contribuyente Nº 4057, Codificadores de Rentas Nº 62100-13b y 62100-01, Cliente Nº 242 – Usuario Nº 438 – 9 – Servicio General A.C. (T1G 27), con domicilio comercial en calle Sarmiento Nº 465 de la localidad de Cañada Seca, individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 15, Parcela 4e, fecha de alta 1 de octubre de 2008, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 403/91 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora CARMEN ADRIANA SCHMIDT, D.N.I. Nº 14.910.847, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.