Boletines/General Villegas
Resolución Nº 495/17
General Villegas, 07/06/2017
Visto
El Expediente Nº 5913/2017, iniciado por la agente Sofia Willich D.N.I. Nº 37.761.600, solicitando se le conceda licencia por maternidad, desde el día 29 de mayo y hasta el 15 de septiembre del 2017; yEl Expediente Nº 5913/2017, iniciado por la agente Sofia Willich D.N.I. Nº 37.761.600, solicitando se le conceda licencia por maternidad, desde el día 29 de mayo y hasta el 15 de septiembre del 2017; y
Considerando
Que el certificado con fecha probable de parto para el día 27 de junio de 2017 se encuentra adjuntado a fojas 2.
Que la Dirección de Recursos Humanos, informa la situación de revista de la agente y el período durante el cual gozará su licencia, a fojas 3.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 5, sugiriendo se le concedan 110 días de licencia por maternidad a la agente Sofía Willich, desde el 29 de mayo y hasta el 15 de septiembre de 2017.
Que la Ordenanza Nº 5647 “Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de General Villegas” manifiesta que las trabajadoras de la Municipalidad de General Villegas tienen derecho a una licencia paga en los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y en los sesenta y cinco (65) días posteriores, pudiendo optar por reducir la licencia anterior al parto y compensarla con la posterior, siempre que aquella no sea inferior a los treinta (30) días. En caso de adelantarse el alumbramiento, los días no utilizados de la licencia anterior al parto se acumularán al lapso previsto para el periodo de post-parto.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase licencia por maternidad a la agente Sofia Willich, Legajo Personal Nº 4656, 12 módulos, 30 horas semanales, agente transitoria jornalizada, jurisdicción 1110103000, categoría programática 16.01.00, por el término de ciento diez (110) días corridos a partir del día 29 de mayo y hasta el 15 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 55º de la Ordenanza Nº 5647.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos y Secretaría de Cultura y Educación; cúmplase y archívese.