Boletines/General Villegas

Resolución Nº476/17

Resolución Nº 476/17

General Villegas, 01/06/2017

Visto

El Expediente Nº 7458/06, donde tramita la habilitación de un comercio perteneciente a la firma F y G Servicios S.H., dedicado a la explotación del rubro “Taller de Reparación de Tractores y Maquinarias Agrícolas”, Contribuyente Nº 4079; y

Considerando

Que a fojas 66 y 67, se agregan el Acta de Inspección Nº 2144 y el Censo de Comercio e Industria Nº 2371, donde declara poseer tres empleados.

Que a fojas 69, el Departamento Catastro informa los datos del inmueble.

Que a fojas 81, obra el Censo de Comercio e Industria Nº 4304, de fecha 26 de abril de 2016, donde declara que posee un empleado en relación de dependencia.

Que a fojas 91, eleva el informe de práctica la División de Comercio e Inspección, solicitando se registre el cambio de firma en forma provisoria y observando que se deberán modificar los empleados en relación de dependencia.

Que a fojas 99 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el Cambio de Firma en forma provisoria del comercio perteneciente al Contribuyente Nº 4079 – F y G Servicios Sociedad de Hecho de los señores Edgardo Gustavo Gómez y Franco Daniel Villalba, dedicado a la explotación del rubro “Taller de Reparación de Tractores y Maquinarias Agrícolas”, Codificador de Rentas Nº 71400-06, la que pasará a favor del señor Edgardo Gustavo Gómez – D.N.I. Nº 21.910.915, denominación comercial “Servi – Agro Cañada”, Usuario Nº 299 – Cliente Nº 544 – Medidor 844551 - 2 - Servicios Generales (T1G27), contando con dos (2) empleados en relación de dependencia, con domicilio comercial en calle Sarmiento Nº 369 de la localidad de Cañada Seca, cuyos datos catastrales son Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 14, Parcela 3c, partir del 1 de julio de 2011.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia, al contribuyente mencionado anteriormente, a partir del 30 de mayo de 2013.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja de dos (2) empleados en relación de dependencia, al contribuyente mencionado en el artículo primero, a partir del 26 de abril de 2016.

ARTÍCULO CUARTO: Concédase al señor Edgardo Gustavo Gómez – D.N.I. Nº 21.910.915, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO QUINTO: La habilitación provisoria concedida en el artículo primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO SEXTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Cuarto, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO SEPTIMO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO OCTAVO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.