Boletines/Florentino Ameghino
Decreto Nº 177/20
Florentino Ameghino, 21/05/2020
DISPONIENDO LISTADO DEFINITIVO SORTEO DE VIVIENDAS DEL PROGRAMA SOLIDARIDAD BONAERENSE II.-
Visto
Los Decretos N°015/2020 y N° 069/2020;
La Ordenanza N° 1138/2020, y
Considerando
Que, la Ordenanza N° 1138/2020 tiene por objeto establecer los requisitos de preselección y adjudicación de viviendas sociales del Programa Solidaridad Bonaerense II (8 viviendas).-
Que, mediante los Decretos Nº 015/2020 y N° 069/2020, el Departamento Ejecutivo convocó a una inscripción y/o actualización de datos a todas aquellas familias interesadas en adquirir una vivienda financiada y construida por el Estado.-
Que, a través de los mencionados decretos se pudo determinar la cuantía de grupos familiares que se encuentran en condiciones de ingresar al sorteo.-
Que, a los fines de dar cumplimiento con lo dispuesto por los Artículos 3 y 6 de la citada Ordenanza, se procede a confeccionar el listado final de postulantes que participarán del sorteo, asignando a cada grupo familiar un número.
Que el Artículo 7 de la mencionada norma, establece que una (1) vivienda será sorteada exclusivamente entre aquellos grupos familiares que posean un integrante con discapacidad, garantizando a quienes no resulten preseleccionados, acceder al sorteo general.
Que por razones de fuerza mayor impuestas por la pandemia que provoca el Covid-19, dicho sorteo se realizará mediante transmisión en vivo por la página de Facebook del Municipio. Asimismo, se convocará a los medios locales de comunicación y representantes del Honorable Concejo Deliberante a fin de garantizar la transparencia del acto.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones.
Decreta
ARTÍCULO 1º.- Tener como definitivo el listado de los grupos familiares, representados por su titular, que se encuentran en condiciones de ingresar al sorteo, en concordancia con el Anexo I que forma parte de este Decreto.-------
ARTICULO 3°.- Establecer que el sorteo se realizará el día 26 de mayo de 2020 a las 12:00 hs. en el Centro Cultural “Giuseppe Verdi”, ante la Escribana Pública Delia María Miranda.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°.- Establecer que la transmisión del sorteo será mediante transmisión en vivo por la página de Facebook de la Municipalidad de Florentino Ameghino (https://www.facebook.com/municipalidadameghino/).---------------
ARTICULO 5°: Convocar a medios de comunicaciones locales y zonales.---------
ARTICULO 6°: Invitar a representantes del Honorable Concejo Deliberante.-----
ARTICULO 7°.- Comunicar, Notificar, elevar copia al Honorable Concejo Deliberante, Pasar a Contaduría, dar al Registro Municipal y al Boletín Oficial y Archivar.------------------------------------------------------------------------------