Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº209

Decreto Nº 209

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 20/02/2020

 Visto las presentes actuaciones, referidas a la adquisición de concreto asfáltico de elaboración en caliente, con destino a la Planta de Asfalto Municipal, solicitado por el Departamento de Logística y Mantenimiento Urbano, Y;

CONSIDERANDO:

                                    Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las seis (6) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación;

                                     Que, el Secretario de Infraestructura a fs. 131, sugiere se adjudique a CERRA Y MORO S.R.L, por cumplir con las especificaciones requeridas y por mejor oferta económica;

                                           Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”

                                                                 Por ello, atento la comparativa de ofertas obrante a fs. 129 y en virtud de lo sugerido por el Departamento Compras a fs. 132, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

DECRETA

ARTICULO 1º)- Adjudícase a la firma CERRA Y MORO S.R.L. (Proveedor Nº 5.203), la provisión de concreto asfáltico de elaboración en caliente, con destino a la Planta de Asfalto Municipal, por mejor oferta económica y por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS ($2.239.600.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.

ARTICULO 2º)- Déjase constancia que el agente Bayer Javier, legajo N°14.933, será el responsable de recepción y control del material a ser adquirido, en un todo de acuerdo con lo normado en el Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 3º)- Cúmplase, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE.-