Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 181
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/02/2020
Visto las presentes actuaciones en las que se celebra la firma de un Convenio de Colaboración entre el Municipio de Bahía Blanca y la Cooperativa de Trabajo Manos Argentinas Limitada; y,
Considerando:
Que, la Ley Provincial N° 13.592 de gestión integral de residuos sólidos urbanos tiene como objeto fijar los procedimientos de gestión de los residuos sólidos urbanos, de acuerdo con las normas establecidas en la Ley Nacional Nº 25.916 de presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios.
Que, el Artículo 4º de la Ley Provincial, constituye como objetivo de política ambiental en materia de residuos sólidos urbanos, la incorporación paulatina en la disposición inicial de la separación en origen, la valorización, la reutilización y el reciclaje en la gestión integral por parte de todos los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.
Que, la norma provincial establece la responsabilidad de las Municipalidades de la Gestión Integral de los residuos sólidos urbanos, producidos en su jurisdicción. Asimismo, la Provincia de Buenos Aires y los Municipios según el ámbito que corresponda, deben realizar actos de inspección y vigilancia para verificar el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Nº 13.592.
Que, el objetivo de la Ordenanza N° 19.374 es la Gestión Integral Sustentable de los Residuos Sólidos Urbanos generados en el Partido de Bahía Blanca, con el fin de garantizar la protección del medio ambiente, la minimización de la generación de residuos sólidos urbanos, el ordenamiento de la disposición inicial, la reglamentación de la recolección y el transporte y alcanzar la reducción progresiva de la disposición final logrando así una mayor vida útil del relleno sanitario.
Que, la Subsecretaría de Gestión Ambiental de la Municipalidad de Bahía Blanca viene ejecutando diferentes programas para mejorar el sistema de gestión de residuos en la ecoplanta de General Daniel Cerri.
Que, la puesta en marcha del presente Convenio, permitirá incrementar el volumen de residuos recuperados para su posterior reciclaje, reduciéndose de este modo, la cantidad de residuos a disponer en el relleno sanitario de la ciudad, y cumplimentándose así con los objetivos propuestos en la Ordenanza N° 19.374.
Por lo expuesto precedentemente y teniendo en cuenta el visado del Convenio por parte de la Dirección General de Técnica Jurídica, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
D E C R E T A
ARTICULO 1º): Aprobar en todas sus partes el Convenio de Colaboración celebrado entre el Municipio de Bahía Blanca y la Cooperativa de Trabajo Manos Argentinas Limitada, el cual tiene por objeto incrementar el volumen de residuos recuperados para su posterior reciclaje, reduciéndose de este modo, la cantidad de residuos a disponer en el relleno sanitario de la ciudad, y cumplimentándose así con los objetivos propuestos en la Ordenanza N° 19.374.
ARTICULO 2°): El Convenio aprobado en el Artículo 1º rige a partir del día 01 de Marzo de 2020 y por el término de cuatro (4) años, renovándose automáticamente al vencimiento del plazo, salvo expresa manifestación en sentido contrario por cualquiera de las partes.
ARTICULO 3°): Cúmplase, dése al R.O. y remítase al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.