Boletines/Chascomús
Decreto Nº 795/17
Chascomús, 31/08/2017
CONDONACION DE DEUDA
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-126207/F caratulado “Solicitud de condonación de deudas para Tasas Municipales” iniciado por el Sr. FERNÁNDEZ Tomás Horacio; y
Considerando
Que a fs. 2 se agrega nota de la presentación realizada por el Sr. Tomás Horacio Fernández, con fecha 02.01.2017 mediante la cual solicita la condonación de la Tasas Municipales y Derechos de Cementerio que corresponden a su propiedad;
Que manifiesta ser jubilado y poseer problemas de salud afrontados con ese ingreso, pero refiere voluntad de pago de las tasas mencionadas en el caso de otorgarle un plan de pago acorde a su poder adquisitivo;
Que adjunta documentación mediante la cual acredita los extremos invocados;
Que a fs. 11 el Sr. Secretario de Hacienda considera factible otorgar la condonación peticionada por las tasas descriptas correspondientes al período 1992/2012 como asimismo proceder a la realización de un plan de pagos acorde a sus posibilidades para la deuda registrada desde el año 2013 a la fecha conforme lo dispuesto por el art. 81 quinquies de la Ordenanza Fiscal;
Que la Dirección de Asuntos Legales emitió dictamen favorable;
A Casa Otto Hess S.A ítem 8 por un importe de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 20/100 ($ 6.931,20).
Que por ello resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a los fines de adjudicar el concurso;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Condónese en los términos del art. 81 quinquies la deuda que mantiene el Sr. FERNÁNDEZ Tomás Horacio por las Tasa de ABL, Servicio Sanitario y Derechos de Cementerio en relación a los períodos fiscales 1992/2012 respecto del inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria Nº 14.744 y espacio de cementerio identificado como 5000000138-0 URNAS –U-6 respectivamente de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Gestión de Cobros, Cementerio, peticionante y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-