Boletines/Chascomús
Decreto Nº 789/17
Chascomús, 30/08/2017
ADJUDICAR CONCURSO DE PRECIOS Nº 71/17
Visto
El Concurso de Precios Nº 71/17 tramitado en Expediente Administrativo Nº 4030-129792/M para la “Compra de frutas y verduras para consumo de dependencias municipales durante el mes de Septiembre de 2017; y
Considerando
Que a tal efecto fueron convocados distintos comerciantes de la ciudad de Chascomús;
Que se llevó a cabo la apertura de las ofertas con fecha 30 de Agosto de 2017 a las 09.00 horas, habiéndose presentado Dos (2) oferentes realizando las correspondientes ofertas;
Que la Comisión de Adjudicaciones y Contrataciones analizan los precios y advierte que al cargar los mismos se observan errores de cálculo por parte del proveedor Rodríguez Alberto Jesús en ítem 9 del pedido de cotización 4826, ítem 2 pedido de cotización 4827, ítem 11 del pedido de cotización 4830, ítem 4 y 6 del pedido de cotización 4831, ítem 5 del pedido de cotización 4832 e ítem 11 del pedido de cotización 4833;
Que sin perjuicio de ello, el oferente Rodríguez presentó garantía superior al 2% de la oferta inicial por lo que se considera que corresponde su participación en el concurso;
Que con las limitaciones expuestas la Comisión analiza las ofertas y aconseja adjudicar el concurso de precios Rodríguez Jesús Alberto por un importe PESOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($79.374,50);
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente a los fines de adjudicar el concurso;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Adjudíquese el Concurso de Precios N º 71/17 para la “Compra de frutas y verduras para consumo de dependencias municipales durante el mes de Septiembre de 2017” a Rodríguez Jesús Alberto por un importe PESOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 50/100 ($79.374,50).-
ARTICULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Tesorería, Compras, firmas adjudicatarias y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-