Boletines/Chascomús
Decreto Nº 787/17
Chascomús, 29/08/2017
DECLARAR INTERES CULTURAL MUESTRA AZUL
Visto
La realización de la Muestra, 1997-2017 del Taller Azul dirigido por Silvia de Hoyos en la Casa de Casco que se llevará a cabo entre el 5 y el 27 de Agosto; y
Considerando
Que el Taller Azul dirigido por la Profesora Silvia Best de Hoyos cumple su vigésimo aniversario, habiéndose creado en 1997 el taller de pintura comenzó con tres alumnas y fue creciendo en el transcurso de estos 20 años;
Que en 1998 realizó a pedido de la Dirección de Cultura Municipal la primera Muestra en el Salón de los Espejos de la Municipalidad y a partir de allí cada año muestra la producción de sus talleristas en una exposición;
Que ha expuesto en distintos espacios en la ciudad, públicos y privados, como Casa de Casco, Museo Pampeano, La Botica, Club Social, Salón Parroquial Benedicto XVI de la Iglesia Nuestra Señora de la Merced e Iglesia Catedral, Automóvil Club, así como también en Capital Federal y otras ciudades de la Provincia de Buenos Aires;
Que el Taller conformó un grupo Pintores Sureños, con una temática relacionada a nuestra zona campera, y difundió sus obras a través de calendarios y muestras;
Que el Taller Azul es uno de los Talleres Pictóricos privados con mayor continuidad ininterrumpida en Chascomús;
Que desde la propuesta cultural de Chascomús Cultural Abierta se generan proyectos en los que se trabaja en asociatividad público-privado para empoderar a los ciudadanos;
Que el Instituto Historiográfico en el marco de la línea de acción Te recuerdo Chascomús genera proyectos y actividades para resaltar la historia tangible e intangible del Distrito;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Declárese de Interés Cultural la Muestra del Taller Azul 997-2017 en la Casa de Casco, el que se tendrá lugar entre el 8 y 27 de Agosto del año 2017.-
ARTICULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Dirección de Cultura, Casa de Casco, Sra. Silvia Best de Hoyos y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Desarrollo Social y el Señor Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-