Boletines/Chascomús

Decreto Nº778/17

Decreto Nº 778/17

Chascomús, 28/08/2017

EXIMICION PATENTE

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-128781/G caratulado “Eximición de Patente de vehículo marca Renault dominio VOJ359 por discapacidad” iniciado por la Sra. GÓMEZ, Ana Raquel, y

 

Considerando

Que la peticionante solicita la eximición de patente del vehículo marca Renault dominio VOJ359 por discapacidad;

  Que adjunta certificado de discapacidad y documentación del vehículo de su propiedad;

  Que cabe señalar que no existe a nivel municipal normativa que contemple el caso de personas con discapacidad a los efectos de proceder a la eximición del pago;

  Que sin perjuicio de ello resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del Poder Ejecutivo Provincial;

  Que en relación al tema planteado el inciso f) del artículo 243º del Código Fiscal (modificado por Ley impositiva Nº 14.880) reconoce el beneficio de exención del pago de impuesto al automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio;

  Que en el último inciso del citado artículo se indica que cuando exista cotitularidad sobre el bien, el beneficio se otorgará en la proporción de los sujetos beneficiados; y atento a ello, se constata a fs. 9 esta situación, resultando por ello, correspondiente otorgar el 50% de la exención de pago;

  Que la Asesoría Letrada emitió dictamen favorable respecto al otorgamiento de la eximición peticionada por el año en curso de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 73º de la Ordenanza Fiscal vigente: “Facúltese al Departamento Ejecutivo a eximir total o parcialmente de tributos Municipales por el ejercicio en que se dicta la medida…”. Y respecto a los períodos anteriores, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 76º del mismo cuerpo legal, para acogerse a la eximición peticionada, será condición la cancelación de la deuda por tributos municipales devengada hasta la fecha de presentación de la exención, debiendo previo a lo solicitado suscribir convenio de pago por la deuda mantenida;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Exímase del pago del Impuesto Automotor, en un 50%, en los términos del inc. f) del art. 243º del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires (modificado por Ley Impositiva 14880), del año en curso correspondiente al vehículo Dominio VOJ359, Marca Renault 9 GTL, Sedan 4 puertas, Modelo 1993 de cotitularidad de la Señora GÓMEZ Ana Raquel de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTÌCULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, a ARBA  Municipal, peticionante y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor  Secretario de Hacienda.-

ARTICULO   4º.- Cúmplase,   publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y  archívese.-