Boletines/Chascomús
Decreto Nº 772/17
Chascomús, 24/08/2017
AUTORIZACION RIFA ESCUELA Nº 501
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-130750/E caratulado “Solicitud de Autorización Rifa Período 2.017/2.018 a beneficio de la Institución” iniciado por la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 501 “J. B. Alberdi” de Chascomús, y
Considerando
Que la entidad organizadora solicita autorización para el lanzamiento de una rifa por el período 2017/2018 que consta de 1666 boletas de seis (6) números de cuarto (4) cifras cada una y un valor de Pesos Un Mil Cuatrocientos Cuarenta ($ 1.440) pagaderos en Doce (12) cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Ciento Veinte ($ 120) cada una;
Que la misma s organiza a los fines de reforzar el plan alimentario y seguir atendiendo las necesidades de la escuela en su infraestructura, compra de materiales didácticos, etc;
Que la Asociación Cooperadora de la Escuela Nº 501 ha presentado el listado de personas autorizadas a la venta de boletas y ha cumplimentado con los recaudos exigidos por la Ley 9403 y su modificatoria 11349 y Ordenanza Municipal 2422 y sus modificatorias, Ordenanzas 2514 y 3564;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese la circulación de una rifa organizada por la Asociación Cooperadora de la Escuela 501 para el periodo 2.017/2.018, la que constará de Un Mil Seiscientos Sesenta y Seis (1.666) boletas de Seis (6) números y Cuatro (4) cifras cada una, por un valor total de PESOS UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($1.440) cada una, pagaderas en 12 cuotas mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO VEINTE ($120) cada una a sortearse por la Lotería Nacional en el último sábado de cada mes conforme el cronograma detallado en el artículo siguiente.-
ARTICULO 2.- Los sorteos y premios mensuales son los siguientes:
PRE - SORTEO: Por Lotería Nacional Nocturna del último sábado del mes;
30/09/2.017:
1er. Premio: 1 TABLET ……….……………………...$ 8.200.-
2do. Premio: 1 HORNO ELECTRICO………………...$ 6.700.-
28/10/2.017:
1er. Premio: 1 TABLET ……….……………………...$ 8.200.-
2do. Premio: 1 HORNO ELECTRICO………………...$ 6.700.-
SORETOS MENSUALES: Lotería Nacional Nocturna del último sábado de cada mes:
25/11/2017:
1er. Premio: 1TELEVISOR 24”…………………..……..$ 12.500.-
2do. Premio:1 RADIOGRABADOR……………..……...$ 4.900.-
30/12/2017:
1er. Premio: 1 HORNO MICROONDAS…………..…….$ 7.700.-
2do. Premio: 1 PROCESADORA……………...…..…....$ 3.600.-
27/01/2018:
1er. Premio: 1 TABLET…………………………..…..…...$ 8.200.-
2do. Premio: 1 RADIOGRABADOR………………..……$ 4.900.-
24/02/2018:
1er. Premio:1 CORTADORA DE CESPED…….……....$ 7.800.-
2do. Premio:1 CAFETERA ELECTRICA……….....…...$ 3.000.-
31/03/2018:
1er. Premio:1 TELEVISOR 24”………………..…….…...$12.500.-
2do. Premio:1RADIOGRABADOR…………...…..…......$ 4.900.-
28/04/2018:
1er. Premio:1 HORNO MICROONDAS....…….….……..$ 7.700.-
2do. Premio:1PROCESADORA……....……………..…...$ 3.600.-
26/05/2018:
1er. Premio:1 TABLET…………………………...……....$ 8.200.-
2do. Premio:1 HORNO ELECTRICO………….............$ 6.700.-
30/06/2018:
1er. Premio:1 CORTADOR DE CESPED.…..….……...$ 7.800.-
2do. Premio: 1 CAMARA DIGITAL.…………………...…$ 6.700.-
28/07/2018:
1er. Premio: 1 TELEVISOR 24”……………...………….$12.500.-
2do. Premio: 1 RADIOGRABADOR.…………..…….....$ 4.900.-
25/08/2018:
1er. Premio: 1 HORNO MICROONDAS..……….……..$ 7.700.-
2do. Premio:1 CAFETERA ELECTRICA..…………......$ 3.000.-
29/09/2018:
1er. Premio: 1 CORTADORA DE CESPED ...……….$ 7.800.-
2do. Premio: 1 PROCESADORA…………..….…..…...$ 3.600.-
27/10/2018: SORTEO FINAL
1er. Premio:1PEUGEOT208ALLURE 1.6 OKM......…............$ 372.600.-
2do.Premio:1TELEVISOR “49……....……….........................$ 32.000.-
3er. Premio: 1 TABLET…………………….……......................$ 8.200.-
4to. Premio: 1 HORNO ELECTRICO…...………………... .…$ 6.700.-
5to. Premio: 1 CAFETERA ELECTRICA…….…………………...$ 3.000.-
ARTICULO 3º.- La Entidad organizadora deberá presentar dentro de los Sesenta (60) días de realizado el sorteo una rendición de cuentas con aclaración del destino de los fondos provenientes de la rifa.-
ARTICULO 4º.- Dentro de los Tres (3) días de efectuado el sorteo y por Tres días (3) consecutivos deberá la entidad publicar los números favorecidos por lo menos en un diario local.-
ARTICULO 5º.- La institución organizadora deberá abonar el 5 % del monto total de la Rifa en Cinco (5) pagos mensuales y consecutivos de PESOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 40/100 ($23.990,40) en los meses de Noviembre, Diciembre de 2017, Enero, Febrero y Marzo de 2018.-
ARTICULO 6º.- Dése a conocer la nómina de vendedores que la Entidad organizadora ha autorizado conforme lo dispuesto por el art. 6º de la Ordenanza 2422 y sus modificatorias, a saber:
RIVAROLA SOFIA FLORENCIA DNI: 38.238.832
RIVAROLA PABLO ADRIAN DNI: 23.522.831
RIVAROLA JONATHAN DNI: 35.760.831
PALAVECINO MARCOS DNI: 12.652.614
GASPAROLA SUSANA DNI: 16.321.079
RIVAROLA TATIANA DNI: 35.338.643
SCHEIDER JUAN ALBERTO DNI: 14.824.710
PEREYRA JOSE LUIS DNI: 37.903.427
UGARTE LILIANA DNI: 34.760.759
CORTEZ CESAR ALBERTO DNI: 94.838.772
TEJERO FLAVIO BORJA DNI: 18.845.191
VILLALBA FRANCISCO DNI: 29.799.801
ZARATE MARIO DNI: 30.775.344
ARTICULO 7º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Gobierno, Contaduría, Tesorería, Dirección de Relaciones Institucionales, Seguridad Urbana, Ingresos Públicos, Comisaría Primera d Chascomús, Entidad Organizadora y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 8º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.-
ARTICULO 9º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-