Boletines/Chascomús

Decreto Nº770/17

Decreto Nº 770/17

Chascomús, 26/09/2017

LICENCIA SIN GOCE DE HABERES

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-130679/C sobre “S/ Licencia sin goce de haberes por 6 meses” iniciado por la agente CORREA CHICLANA María Luz y,

Considerando

Que la agente solicita licencia sin goce de haberes por el término de seis meses fundada en cuestiones laborales de mayor retribución económica, teniendo en cuenta que la peticionante es único sostén de familia y convive con su hija menor de edad;

       Que la misma fue peticionada a partir del mes de febrero por primera vez, y reiterada en el mes de Agosto del corriente año, al vencimiento de la misma, según consta a fs. 1;

       Que se ha omitido dictar el acto administrativo correspondiente a la primera parte de su licencia, ergo, corresponde dictaminar acerca de ambas peticiones;

       Que el Señor Secretario de Planificación y Turismo, ha autorizado la misma hasta el día 20 de Noviembre del corriente, por ser ésta la fecha límite para cubrir cargos en el año 2018;

       Que en el supuesto resultaría aplicable el art. 96º de la Ley 14.656 establece que: “Por causas no previstas en esta Ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”;

           Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado sobre la solicitud de la agente;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

 

ARTICULO 1º.- Concédase a la Sra. María Luz CORREA CHICLANA, DNI Nº -29.031.859 (Legajo Nº 7552) licencia especial sin goce de haberes contemplada en el Art. 96º de la Ley 14.656 por el período comprendido entre el día 20/02/2017 hasta el día 20/11/2017 inclusive.-

ARTICULO 2.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Contaduría, Dirección de Recursos Humanos, agente y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda.-

ARTICULO   4º.- Cúmplase,  publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-