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Decreto Nº746/17

Decreto Nº 746/17

Chascomús, 15/08/2017

CONVALIDAR CONVENIO DE PAGO

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-129090 caratulado “Derecho de Publicidad y Propaganda 2016 LUSQTOFF”; y

Considerando

Que a través del mismo la firma Point SA ofreció la entrega de mercadería (herramientas y maquinarias) en parte de pago de la deuda que mantiene con la Municipalidad en concepto de Derechos de Publicidad y Propaganda del ejercicio 2016;

Que dicho tributo corresponde a dos carteles ubicados en la Ruta Nº 2, siendo el anunciante la firma Lusqtoff SA, la que comercializa productos que son de utilidad para la prestación de servicios municipales;

Que desde la Secretaría de Obras y Servicios se determinaron los elementos del catálogo de dicha firma que son necesarios en las distintas áreas;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 45º de la Ordenanza Fiscal vigente, el Departamento Ejecutivo puede admitir como medio de extinción obligaciones tributarias el pago en especie, mediante la entrega de bienes y/o servicios;

Que la Comisión de Tasación, conformada en los términos del Decreto Nº 885/16, indicó que los equipos y herramientas ofrecidos en pago resultan útiles para el funcionamiento de los servicios municipales y los valores pretendidos son claramente convenientes, certificándose a su vez que la operación se encuadra en los niveles de precios y en las condiciones habituales de mercado;

Que, en virtud de lo referido, se celebró un Convenio de Pago, estableciéndose que el contribuyente cancelará la deuda de PESOS CUATROCIENTOS DOS MIL SETESCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 402.792) mediante la entrega de mercadería comercializada por la firma Lusqtoff SA por un monto de PESOS DOSCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 203.212,70) y el saldo resultante de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE CON TREINTA CENTAVOS ($ 199.579,30) en seis (6) cuotas iguales y consecutivas;

Que, por los motivos expuestos, es necesario convalidar el Convenio de Pago y autorizar la recepción de la mercadería detallada en el expediente referido por un total de PESOS DOSCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 203.212,70);

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la debida intervención;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Convalídese en todas sus partes el Convenio de Pago                                  --------------------- celebrado con la firma POINT SA, mediante el cual dicha empresa reconoce una deuda de PESOS CUATROCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 402.792) por Derechos de Publicidad y Propaganda respecto a cartelería ubicada en Ruta Nº 2, del anunciante “Lusqtoff”, y se establece la forma de cancelación de la misma.-

 

ARTICULO 2º.- Autorícese, en los términos del último párrafo del artículo 45º  de la Ordenanza Fiscal vigente, la recepción de la mercadería detallada en el expediente 4030-129090 como medio de extinción de pago de las obligaciones del contribuyente POInt SA, CUIT 30-70982565-4, según lo establecido en el Convenio de Pago referido en el artículo 1º, por un monto de PESOS DOSCIENTOS TRES MIL CIENTO VEINTIUNO CON 70/100 ($ 203.121,70).-

ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en   el artículo 2º impútese a la jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 01.01.00, partida que corresponda, Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Obras y Servicios, Compras, Contaduría, Dirección de Ingresos Públicos y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda.-

ARTICULO   6º.- Cúmplase,  publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y  archívese.-