Boletines/Chascomús
Decreto Nº 730/17
Chascomús, 10/08/2017
LICENCIA ESPECIAL
Visto
El Expediente Nº 4030-126864/M sobre “Solicitud Licencia especial” iniciado por la agente MARTÍNEZ Federica, y
Considerando
Que la agente solicita licencia especial por el término de 6 meses a los fines de poder cuidar de su hija, la cual ha nacido de forma prematura, según consta a fs. 3 el certificado médico que acredita la condición;
Que la peticionante fundamenta su solicitud en las disposiciones de la Ley 14.241 la que resulta modificatoria de la Ley 10.430 –ESTATUTO Y ESCALAFÓN PARA EL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES-;
Que dicha normativa no es aplicable al personal de la administración municipal poseyendo en dicho ámbito legislación específica (Ley 14.656 RÉGIMEN MARCO DE EMPLEO MUNICIPAL-);
Que sin perjuicio de ello el art. 96º de la Ley 14.656 establece que: “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”;
Que el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art. 46º de la Ley 11.757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art. 46º Ley 11.757 deja al DE un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice;
Que la agente presta servicios en la Escuela Municipal Nº 3;
Que la Dirección de Educación ve viable el otorgamiento de la licencia peticionada conforme surge de memo agregado al legajo de la agente;
Que la Asesoría Letrada municipal ha dictaminado favorablemente;
POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Concédase a la Sra. María Federica MARTÍNEZ, DNI Nº 39.491.093 licencia especial con goce de haberes contemplada en el Art. 96º de la Ley 14.656 por un período de 90 días comprendido entre el día 14/05/2017 hasta el día 14/08/2017 inclusive.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Dirección de Educación Municipal, Dirección de Recursos Humanos, agente y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y la Señora Secretaria de Desarrollo Social.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-