Boletines/Chascomús
Decreto Nº 728/17
Chascomús, 09/08/2017
FESTEJOS DIA DEL NIÑO
Visto
Los festejos del Día del Niño 2017 denominados: “Plaza Abierta, Día del Niño”, y
Considerando
Que el acceso a los bienes culturales simbólicos y materiales es un derecho de los niños y adolescentes;
Que la recreación es un derecho de los niños y adolescentes;
Que la Municipalidad promueve actividades comunitarias que involucran a niños, adolescentes y familias;
Que el Día del Niño se ha transformado en una celebración tradicional;
Que dichas actividades forman parte de una agenda de espectáculos y actividades recreativas, educativas y artísticas;
Que la realización de la Plaza Abierta será una actividad artística y recreativa implementada a través de la Educación no formal, ampliando así la cultura de cada espectador y participante propiciando y fortaleciendo la generación de espectadores críticos y sensibles;
Que su realización brinda un espacio para el desarrollo de las distintas manifestaciones deportivas, culturales, y de esparcimiento, ya que el evento será acompañado de espectáculos artísticos y otros atractivos;
Que el desarrollo de actividad recreativas/educativas/ artísticas es una demanda constante y necesaria en un destino turístico como el nuestro;
Que los espectáculos y actividades son elegidos mediante juraduría artística por personal idóneo en Artes escénicas;
Que se han programado espectáculos de Circo y acrobacias, payadas y ventriloquia, maquillaje artístico, cuenta cuentos, actividades recreativas, peloteros, rincón de juegos, animación, actividades deportivas, exposiciones, y feria itinerante;
Que las actividades tendrán lugar, en Plaza Libertad el día 19 de Agosto del corriente año de 14 hs a 18:30 hs;
POR EWLLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese a la Dirección de Cultura, a realizar las actividades correspondientes a los festejos del día del Niño 2017, denominados: “Plaza Abierta, Día del Niño”.-
ARTICULO 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto impútese a la partida que corresponda.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo Social, Secretaría de Planificación y Turismo, Dirección de Gestión Cultural y Patrimonial, Dirección de Educación Municipal, Contaduría y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda, el Señor Secretario de Planificación y Turismo, y la Señora Secretaria de Desarrollo Social.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-