Boletines/Chascomús

Decreto Nº717/17

Decreto Nº 717/17

Chascomús, 07/08/2017

SUBSIDIO PARA BIBLIOTECA

Visto

             El Expediente Administrativo Nº 4030-123897/B caratulado: “Solicitud subsidio para afrontar deuda A.F.I.P”, iniciado por Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento, el Decreto 97/2017; y

Considerando

Que mediante el expediente administrativo citado la Biblioteca Popular Domingo F. Sarmiento solicita ayuda económica para afrontar gastos relacionados a las cargas sociales de la bibliotecaria;

              Que, no obstante el aporte mensual realizado a dicha Biblioteca por la Municipalidad según lo dispuesto por el Decreto 97/17 y de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 3578/05, que fija una subvención a las Bibliotecas Populares reconocidas por la CONABIP, equivalente al pago de haberes del/la bibliotecario/a actuante de menor antigüedad, ésta entidad atraviesa serias dificultades financieras que ponen en riesgo la continuidad del servicio a la comunidad;

              Que, dada la importancia de acompañar el servicio educativo, cultural y social que brindan las bibliotecas de nuestro distrito, resulta necesario sostener la actividad de esta histórica institución;

              Que a tal efecto deberá tenerse en cuenta, dentro del monto del subsidio otorgado en forma mensual, el importe correspondiente a las Contribuciones de Seguridad Social y de Obra Social, como así también el destinado a la A.R.T.;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Otórguese a la Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento, subsidio adicional al establecido mediante Ordenanza Nº 3578/05 -materializado para el corriente ejercicio fiscal mediante Decreto 97/17-, destinado a cubrir los importes correspondientes a las Contribuciones de Seguridad Social y de Obra Social, como así también el destinado a la A.R.T., de la bibliotecaria que desempeña tareas en relación de dependencia, con cargo de rendición. El beneficio está destinado a cubrir las liquidaciones de haberes de los periodos 06/2017 a 11/2017, inclusive.-

ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la jurisdicción 1110113000, Categoría Programática 36.01.00, Partida 5.1.7, Fuente 132, afectado, Rubro 1141300 Fondo Educativo.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Desarrollo  Social, Contaduría, Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria  de Desarrollo Social y el Sr. Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º.- Cúmplase,  publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-