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Ordenanza Nº5129/17

Ordenanza Nº 5129/17

Chascomús, 27/07/2017

 

VISTO:

            El reciente aniversario de la Peña Laguna y Cielo de nuestra ciudad, al cumplirse su décimo primer año de creación; y

 

CONSIDERANDO:

       Que la Peña Laguna y Cielo fue creada el 9 de Julio de 2006, en conformidad con un grupo de “peñeros”;

       Que tienen por finalidad el dictado y conocimiento de nuestras danzas, sus historias y la actualización de distintas danzas creativas (de Proyección) que van surgiendo para acrecentar nuestro folklore; 

       Que, a través de distintos seminarios y dictado de clases, llevó a la formación del Conjunto de Danzas de esta peña;

       Que el conjunto de Danzas “Laguna y Cielo” ha sido invitado a engalanar diversos escenarios de escuelas, clubes, hogares de abuelos, etc., donde ha quedado de manifiesto todo su empeño y profesionalismo;

       Que cuentan con una vasta trayectoria, con presentaciones en nuestra ciudad y fuera de ella, como es el caso de las provincias de Salta, Córdoba, Mendoza y, ciudades de nuestra Costa Atlántica, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras:

       Que han distinguido escenarios de los más diversos y de reconocimiento internacional, tal como los de Cosquín, Feria de Mataderos, Teatro San Martín, sólo por nombrar algunos;

       Que hoy, a once años de su formación, continúan su labor sin claudicar, toda vez que su amor por las danzas los convoca y los une;

       Que en cada actuación, llevan como bandera dar a conocer nuestra ciudad, nuestras raíces, nuestro arte y nuestra cultura;

       Que se hace necesario reconocer tan noble labor;       

                  Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º.- Declárese de Interés Cultural y Educativo Municipal a labor que desempeña la Peña “Laguna y Cielo” de nuestra ciudad, en su décimo primer aniversario de su creación.-

ARTICULO 2º.- Elévese copia de la presente a los miembros de la Peña   “Laguna y Cielo”, a la Dirección de Cultura de nuestro Municipio y a los distintos medios de comunicación de nuestra ciudad y la zona.-

ARTICULO 3°.- De forma.-