Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5127/17
Chascomús, 27/07/2017
VISTO:
El Contrato Comodato celebrado entre la Municipalidad de Chascomús y el Señor ORTUETA Julio Waldemar, DNI: 24.546.405, con domicilio en Circunscripción III, Fracción 5, Parcela 3 de la ciudad de Chascomús; y
CONSIDERANDO:
Que el referido es firmado a los 14 días del mes de Noviembre de 2016;
Que la Municipalidad cede en carácter de préstamo gratuito o comodato a El COMODATARIO, una vivienda ubicada en el predio denominado Catastralmente como Circunscripción III, Fracción 5, Parcela 3 de la ciudad de Chascomús, para ser utilizada como vivienda única y familiar;
Que el presente contrato tendrá vigencia de dos (2) años pudiendo el mismo renovarse por iguales períodos de tiempo siempre que se encuentren vigentes las necesidades que motivaron la asignación de la vivienda;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídese en todas sus partes el Contrato Comodato, que forma parte de la presente como Anexo I, celebrado entre la Municipalidad de Chascomús y el Señor ORTUETA Julio Waldemar, DNI: 24.546.405, con domicilio en Circunscripción III, Fracción 5, Parcela 3 de la ciudad de Chascomús, por las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2°.- De forma.-