Boletines/Chascomús
Ordenanza Nº 5126/17
Chascomús, 27/07/2017
VISTO:
El Acta Acuerdo suscripta con el Centro de Artesanos de Chascomús, asignando el carácter de padrino al espacio público denominado “Paseo de los Artesanos”, y el programa “Chascomús Emprende”, y
CONSIDERANDO:
Que por el Acta suscripta (Anexo I) se asigna el carácter de “Padrino” al Centro de Artesanos de Chascomús del espacio público denominado “Paseo de los Artesanos”, sito en el Bulevar Pte. Juan Domingo Perón y Costanera España;
Que dicho padrinazgo implica tener a su cargo el mantenimiento, conservación, custodia y preservación del mismo, no pudiendo restringir el acceso al público, ni percibir entrada por ningún concepto;
Que tendrá una duración de 5 años, a partir de la fecha de suscripción de la presente acta; teniendo el carácter de precaria y revocable en cualquier tiempo por decisión de la autoridad competente;
Que se autoriza al Centro de Artesanos de Chascomús a realizar modificaciones, tareas y obras que permitan hermosear y jerarquizar el paseo, previo asesoramiento de la Secretaria de Planificación y Turismo municipal, bajo la supervisión técnica de las áreas municipales competentes;
Que será responsabilidad del Centro de Artesanos el correcto funcionamiento de la caja de tomas y tableros, estando a su cargo el encendido de las luminarias, corte de luz y cierre luego de su uso;
Que El Centro será el responsable de la conservación y reposición las lonas y estructuras de los puestos;
Que por el acta acuerdo del artículo 2º (anexo II) se otorgará en calidad de préstamo gratuito a la Municipalidad como mínimo un (1) módulo y hasta Cinco (5) módulos, según disponibilidad de los mismos por parte del Centro de Artesanos, para ser utilizados por los emprendedores del Programa Municipal “Chascomús Emprende” o el que lo sustituya en el futuro;
Que el Municipio a través del área de Producción, será la responsable de la coordinación y asignación de dichos puestos, para ello cada emprendedor firmará un acta acuerdo con la mencionada área;
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTICULO 1º.- Convalídese en todas sus partes el Acta Acuerdo suscripta con el Centro de Artesanos de Chascomús, que asigna el carácter de padrino al espacio público denominado “Paseo de los Artesanos”, sito en el Bulevar Pte. Juan Domingo Perón y Costanera España, que forma parte de la presente como anexo I.-
ARTICULO 2º.- Convalídese en todas sus partes el Acta Acuerdo suscripta con el Centro de Artesanos de Chascomús, por módulos destinado a emprendedores del programa “Chascomús Emprende”, que forma parte de la presente como anexo II.-
ARTICULO 3°.- De forma.