Boletines/Daireaux
Decreto Nº 0224/2020
Daireaux, 20/02/2020
OTORGANDO JUBILACION ANTICIPADA A ATIN ANA LIDIA
Visto
VISTO.
La Ley Nro. 14.656 (Empleo Publico de los Trabajadores Municipales) – Sección I – Pasividad anticipada – Articulo 19, y Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Daireaux, y
Considerando
CONSIDERANDO.
Que la Ley antes mencionada establece en su articulo 19: “ La Ordenanza y el Convenio Colectivo de Trabajo determinarán la oportunidad y condiciones en que los trabajadores que revisten en los Planteles de Personal Permanente podrán
acogerse a un Régimen de Pasividad Anticipada”;
Que en consecuencia el Convenio Colectivo de la Municipalidad de Daireaux dispone en su Articulo 69º: “ El trabajador municipal podrá acogerse a un régimen de pasividad anticipada, conforme legislación vigente en la materia. El acogimiento del trabajador al régimen que se establece en el artículo precedente importará el cese de la obligación de prestación de servicios, pasando automáticamente a la situación de pasividad con goce parcial de haberes, el que no podrá ser inferior al setenta por ciento (70%) del correspondiente a su cargo, nivel y antigüedad . A dicha suma se aplicarán los descuentos por aportes previsionales y los que legalmente corresponda, calculados sobre el cien por ciento (100%) del salario que le corresponda en actividad. La Administración Pública Municipal deberá efectuar los aportes patronales también tomando como base el cien por ciento (100%) de la remuneración del trabajador”;
Que la agente Ana Lidita ATIN – Legajo Nro. 802 – DNI Nro. 14.595.257 – por nota de fecha 27 de Diciembre de 2019, manifiesta su voluntad de adherirse al régimen de Pasividad Anticipada a partir del 01 de Febrero de 2020, instrumentándose Expediente Administrativo Nro. 4022-10.216/2020;
Que la citada agente cuenta con 58 años de edad y 35 años de servicio en el ámbito municipal , tal lo acredita el informe de la Dirección de Personal obrante a Fs. 05 y documentación agregada a Fs. siguientes;
Que la Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen a Fs. 20 expidiéndose en forma favorable, por lo que encontrándose cumplidos los requisitos legales exigidos corresponde dar lugar al requerimiento de la agente Ana Lidia ATIN, otorgándole el beneficio de la Jubilación Anticipada;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Otorgar el Beneficio de la Jubilación Anticipada a la agente municipal ATIN Ana Lidia – Legajo Nro. 802 – DNI Nro. 14.595.257 – a partir del 01 de Febrero de 2020, quien registra una antigüedad de 35 años de servicio y 58 años de edad, revistiendo en el cargo de Personal Jerárquico – Clase I – Categoría 30 – con prestación de servicios en la Direccion de Personal (Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno – Programa 01), conforme las actuaciones obrantes en Expediente Administrativo Nro. 4022-10.216/2020, Ley Nro. 14.656 (Empleo Publico de los Trabajadores Municipales) – Sección I – Pasividad anticipada – Articulo 19, y Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Daireaux.-
ARTICULO 2º. Por Dirección de Personal se procederá a partir de la fecha indicada en el Articulo precedente, a la liquidación del 70% de los haberes mensuales correspondientes a al cargo, nivel y antigüedad en la que revista la agente ATIN Ana Lidia al momento de entrada en vigencia del beneficio de Pasividad Anticipada, aplicándose los descuentos por aportes previsionales y los que legalmente correspondan calculados sobre el 100% del salario asignado a su actividad,conforme lo establece el Convenio Colectivo de Trabajo en su Articulo 69º.
ARTICULO 3º. Cumplidos los requisitos necesarios para la obtención del beneficio jubilatorio por parte de la agente ATIN Ana, ésta obtendrá su jubilación ordinaria en las mismas condiciones que si hubiera prestado servicio efectivo durante el período de pasividad, dictándose la norma que corresponda al efecto.
ARTICULO 4º. Por Dirección de Personal tómese conocimiento del presente, ingresando copia al Legajo de la agente ATIN Ana Lidia entregando ejemplar a la misma, y agregando en Expediente Administrativo Nro. 4022-10.216/20.
ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-