Boletines/Daireaux

Decreto Nº0190/2020

Decreto Nº 0190/2020

Daireaux, 14/02/2020

EXIMICIÓN TASAS

Visto y considerando

VISTO.

La solicitud de exención de la Tasa por Conservación de la Vía Pública y Alumbrado como así también de la Tasa por Servicios  Sanitarios, formulada por contribuyentes que presentan discapacidad ya sea por quien formula el requerimiento y/o un integrante del núcleo familiar directo que habita en la vivienda, siendo ésta única y de ocupación permanente;

CONSIDERANDO.

Que la Ordenanza Impositiva Anual Ejercicio 2020 Nº 2335/20 establece en el Capítulo XXIV – Exenciones – ARTÍCULO 38º Punto 1) TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA inc. g) que queda exceptuados del pago de dicha tasa: “ Los Discapacitados que posean una única propiedad, o en su defecto sus padres o quienes se encuentren a cargo de ellos en la medida que acrediten que el discapacitado habita la vivienda y la misma revista el carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y los ingresos del grupo familiar no superen el equivalente a 2 (DOS) haberes mínimos”;

Que a su vez el punto 10.: TASA POR SERVICIOS SANITARIOS de dicho Artículo, en su inc. a) exime del pago de dicha tasa en un 100% a las personas mencionadas en el punto I inciso a, b y g del mencionado artículo, en la medida que el consumo de Agua corriente, no exceda del mínimo establecido en el artículo  30 inciso 1.1;

Que la Dirección de Catastro ha certificado la titularidad sobre el bien del requirente, o su grupo familiar con el cual habita la vivienda;

Que la Dirección de Desarrollo Social ha confeccionado el informe socio-económico-cultural de cada núcleo familiar, especificando miembros que lo constituyen, haberes mensuales del grupo familiar debidamente acreditados y adjuntado certificado de discapacidad vigente;

Que los casos que se han presentado se encuentran enmarcados en lo anteriormente expuesto, por lo que corresponde conceder la exención a que se alude;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º.  Exímase del pago de la Tasa por Alumbrado y Conservación de la Vía Publica y   Tasa por Servicios Sanitarios en un 100%,  a los contribuyentes que se mencionan domiciliados en la ciudad de Daireaux en las cuentas que se especifican, los que se hallan encuadrados en lo dispuesto en el Capítulo XXIV – EXENCIONES -  Artículo 38º punto I inc. g) “…Los Discapacitados que posean una única propiedad, o en su defecto sus padres o quienes se encuentren a cargo de ellos en la medida que acrediten que el discapacitado habita la vivienda y la misma revista el carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y los ingresos del grupo familiar no superen el equivalente a 2 (DOS) haberes mínimos, y punto 10 inc. a) de la Ordenanza Impositiva Anual Ejercicio 2020 Nro. 2335/20: 

  1. Lemos Aurora Ernestina – DNI Nro. 04.495.354 – Mitre Nro. 830  Daireaux– Inmueble: Circ. I – Secc. B – Mza. 22j – Parc. 2 -, Cta. CVP Nro. 0047501 – Cta. S.S. Nro. 0150699 -, Certificado Discapacidad vigente hasta 11/12/2020 – Diagnostico: Otras anormalidades de la marcha y de la movilidad y las no especificadas. Enfermedad vascular periférica, no especificada. Secuelas de traumatismo de miembro inferior> Enfermedad cardíaca hipertensiva con insuficiencia cardiaca (congestiva).-
  2. Martín Marcela Alexandra – DNI Nro. 20.750.843 – con domicilio en calle Venezuela Nro. 25 de Daireaux  - Inmueble: Circ. I – Secc. A – Mza. 111 – Parc. 1c , Cta. CVP Nro. 1002475  y  Cta. S.S. Nro. 149936. Diagnóstico: Miopía degenerativa Visión subnormal de ambos ojos. Vigencia del Certificado: hasta 03/07/2024.-
  3. Fernández Elvira – DNI Nro. 05.524.874 – las Heras y Lugones de Daireaux - Inmueble: Circ. I -  Secc. A – Mza. 55A – Parc. 16 – Cta CVP Nro. 0203000- Cta. S.S. Nro 090800 – Certificado Discapacidad Ley Nro. 22.431 – Diagnostico: Presencia de Valvula Cardiaca prótesis estenosis de la aorta. Otras anormalidades de la marcha y de la movilidad y la son especificadas, vigente hasta el 04/05/2022.-
  4. Carbajal Carlos Alberto – DNI Nro. 23.527.103 – Álamos Nro. 476  Daireaux- Inmueble: Circ. XI – Secc. D – Mza. 27 – Parc. 17 – Cta. CVP Nro. 1001090– Cta. S.S. Nro. 0152248  - Certificado de Discapacidad Ley nro. 22.431 vigente hasta el 15/03/2024 - Diagnostico: Otras anormalidades de la marcha y de la movilidad y las no especificadas. Anquilosis articular . Secuelas de otros traumatismos especificados de miembro inferior . Secuelas de traumatismos de miembro superior.-
  5. Cuadrado Miriam Andrea  - DNI Nro. 25.702.727 – Jacaranda 437 - Inmueble: Circ. XI -  Secc. D – Mza. 34B – Parc. 8 – Cta CVP Nro. 1002176 - Cta. S.S. Nro 0154491 – Certificado Discapacidad Ley Nro. 22.431 – de Cuadrado Elisa Tomas . Diagnostico: Retraso mental leve Epilepsia y Síndromes Epilépticos idiopáticos generalizados, vigente hasta el 06/04/2027.-
  6. Arias Patricia Beatriz – DNI Nro. 13.850.753 – Lugones 351 Daireaux - Inmueble: Circ. I – Secc. A – Mza. 55A – Parc. 19 – Cta. CVP 0221800 – Cta. S.S. Nro. 0090400 – Certificado de Discapacidad Ley 22.431. Diagnóstico: anormalidades de la marcha y de la movilidad. Deformidad en valgo, no clasificada en otra part. (osteo) artrosis primaria generalizada. Presencia de implante ortopédico articular: Anquilosis articular.-
  7. Iribarne Juan Jesus -  DNI Nro. 24.344.643 – México Nro. 485 de Daireaux – Inmueble: Circ. I – Secc. A – mza. 103  -Parc. 8 – Cta. CVP 0958100 – Cta. S.S. 0153331 - Certificado de Discapacidad Ley 22.431 vigente hasta el 03/08/2027. Diagnóstico Sindrome de Rett.-

      8. Aguilera Maria Cristina – DNI Nro. 12.184.781 – Álamos Nro. 120 de Daireaux - Inmueble: Circ. XI – Secc. D – Mza. 24B – Parc. 10 – Cta. CVP 0971629 – Cta. S.S.                        0129069 – Certificado de Discapacidad Ley 22431 vigente hasta el 08/01/2026 - Diagnóstico: Visión subnormal de ambos ojos. Retinopatias del fondo y cambios vasculares              retinianos. Retraso mental moderado: Síndrome de Down.-

ARTICULO 2º.  Lo dispuesto por el presente se aplicara con retroactividad al 01 de Enero de 2020 hasta el 31 de Diciembre de 2020 inclusive.

ARTICULO 3º.  Por Oficina de Dirección de Cómputos y Recaudación Tributaria tómese conocimiento de lo dispuesto a los fines que corresponda.

ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y   ARCHIVESE.